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18 abril 2013

Subvenciones para la rehabilitación de vivienda rural en Valladolid 2013

subvenciones rehabilitacion viviendas medio rural valladolid 2013

La Diputación Provincial de Valladolid ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia del día 2 de abril de 2013, las bases reguladoras de subvenciones para financiar obras de rehabilitación de viviendas en el medio rural durante el ejercicio 2013. Si te hace falta un arquitecto, haz click aquí para darte una oferta.


RESUMEN DE LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES


OBJETO

La convocatoria regula la concesión de subvenciones para financiar las obras de rehabilitación en viviendas del medio rural que sea la vivienda habitual del solicitante.
Viviendas del medio rural se consideran a las viviendas unifamiliares o viviendas en comunidad de propietarios, que no se encuentren catalogadas, y que estén situadas en municipios de hasta 1.000 habitantes de la provincia de Valladolid.
Las obras de rehabilitación se ejecutarán entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2013, y consistirán en:
a)
Restauración, consolidación o reposición de elementos estructurales y/o constructivos de la edificación, como por ejemplo fachadas, medianeras, ventanas, puerta de entrada a vivienda, y cubiertas, para que quede garantizada la seguridad, estabilidad, estanqueidad y funcionalidad. Quedan excluidas las obras de revestimientos superficiales y las obras estéticas o de acabados.
b)
Instalación o sustitución de calefacción.
c)
Adaptación de las viviendas a las necesidades de personas discapacitadas, dependientes o mayores de 65 años:
Supresión de barreras arquitectónicas: rampas, ensanche de puertas, pasamanos en pasillos, instalación de elevadores de escaleras.
Reforma de baños: apoyos, asideros y platos de ducha. Y con los platos de ducha entrarán la mampara, la grifería, los soportes, los asideros, y los alicatados del área de ducha.
No son subvencionables las obras de nueva construcción ni obras de rehabilitación integral de la vivienda.
Tampoco serán subvencionables aquellas obras que consistan en la ejecución de nuevos cerramientos, ampliación de la superficie construida, rehabilitación de patios interiores, ni obras que afecten a elementos decorativos u ornamentales.


APLICACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES

El importe máximo de subvención por solicitud no podrá superar el 80% del importe de las obras ni la cantidad de 2.000,00 euros.
Cuando el presupuesto de las obras tenga una gran diferencia en comparación con otras solicitudes similares, los Servicios Técnicos de la Diputación efectuarán una valoración a precios de mercado de las obras a realizar.


BENEFICARIOS

Podrán obtener la subvención las personas residentes en municipios de la provincia de Valladolid de hasta 1.000 habitantes, que cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones:
1.
Ser mayor de edad.
2.
Figurar inscrito en el padrón del municipio donde se ubique la vivienda que se va a rehabilitar, como mínimo 2 años antes a la fecha de publicación de la convocatoria.
3.
Ostentar la propiedad o copropiedad de la vivienda que se va a rehabilitar.
4.
Que la rehabilitación de la vivienda se realice o se haya realizado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2013.
5.
Que la vivienda rehabilitada sea la vivienda habitual del solicitante o de su unidad familiar.
6.
Que el solicitante o los miembros de su unidad familiar no sean propietarios de otra vivienda en el mismo municipio.


GASTOS SUBVENCIONABLES

Gastos subvencionables son las obras de rehabilitación que se ejecuten durante el año 2013.
No serán subvencionables el resto de gastos que generen las obras, como por ejemplo honorarios de técnicos, licencias de obras, o gastos financieros.


PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 2 de mayo de 2013, y finalizará el día 31 de mayo de 2013, inclusive.


COMPATIBILIDAD

Las ayudas son compatibles con cualquier tipo de ayuda que reciban los beneficiarios de Instituciones públicas o privadas para el mismo fin, siempre que el beneficiario aporte como mínimo el 20 por 100 del coste de las obras de rehabilitación. La ayuda se reducirá hasta alcanzar ese porcentaje.
Los solicitantes están obligados a comunicar a la Diputación de Valladolid, la obtención de otras subvenciones o ayudas que financien las mismas obras, tan pronto como se conozca y con anterioridad a la presentación de la justificación.
El importe de todas las subvenciones concedidas, incluida la de la Diputación, no podrá ser superior al 80 por 100 del coste total de las obras de rehabilitación.
Si se constata que el importe de todas las subvenciones excede del coste mencionado anteriormente, se minorará proporcionalmente la subvención de la Diputación.
Si la concesión de la subvención de la Diputación se ha efectuado con la base de los datos aportados por el beneficiario sobre otras subvenciones solicitadas, y posterior a la concesión de la subvención de la Diputación se comunica la concesión de una subvención de otra Institución por importe inferior al solicitado, no se podrá revisar la subvención concedida por la Diputación.


SEGUIMIENTO Y CONTROL

La Diputación de Valladolid efectuará el seguimiento y comprobación de las obras de rehabilitación de las viviendas con sus Servicios Técnicos.


Pinchando este enlace, te descargas las páginas del Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid del 2 de abril de 2013, con el texto completo y los modelos de hojas para presentar la solicitud de las subvenciones de obras de rehabilitación en viviendas.

Haciendo click aquí te doy un presupuesto de honorarios de un proyecto y dirección de obra de rehabilitación de una vivienda o de una memoria valorada.

Las subvenciones de la Diputación Provincial de Valladolid son compatibles con las subvenciones de honorarios de arquitecto y/o aparejador para la rehabilitación de una vivienda unifamiliar en los municipios de la provincia de Valladolid en 2013, que concede también la Diputación Provincial de Valladolid. Pincha aquí para informarte de las subvenciones de honorarios de arquitecto y aparejador.


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17 abril 2013

Subvenciones para viviendas unifamiliares y naves en Torrelobatón

subvenciones construccion viviendas torrelobaton 2013

El Ayuntamiento de Torrelobatón, ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid del 4 de abril de 2013, la convocatoria de subvenciones a para la construcción o rehabilitación de viviendas unifamiliares y construcción de naves.


RESUMEN DE LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES


OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Línea A
Subvenciones para la construcción o rehabilitación de viviendas en Torrelobatón.
Vivienda unifamiliar es aquélla cuya construcción o rehabilitación sea autopromovida y sólo se admitirán las que tengan proyecto de ejecución único e individual.
Línea B
Subvenciones para la construcción de naves-almacenes en Torrelobatón.
Nave-almacén es aquélla cuya construcción sea autopromovida y sólo se admitirán las que tengan proyecto de ejecución único e individual.


CUANTÍA

El importe máximo de subvención por solicitud no podrá superar el 2% del importe del Presupuesto de Ejecución Material (P.E.M.) del proyecto con el que se obtenga la licencia de obras.
La ayuda máxima no podrá ser superior a 3.000,00 euros por obra y persona.


BENEFICIARIOS

Línea A:
Para la vivienda unifamiliar, las personas que residan en Torrelobatón, y además cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones:
a)
Ser mayor de edad.
b)
Que la renta del solicitante o de la unidad familiar en que se integre no supere la cantidad de 48.000 €. Este límite será aplicable igualmente en los casos de copropiedad.
c)
Figurar inscrita la unidad familiar de que forme parte el solicitante, en el padrón de Torrelobatón, durante al menos un mes anterior a la solicitud y permanecer empadronada la unidad familiar al menos los cinco años siguientes a la concesión de la subvención.
d)
Ostentar la propiedad o copropiedad de un solar donde vaya a realizarse la construcción o rehabilitación de la vivienda. También se admitirá que la propiedad corresponda al progenitor del solicitante, siempre que se acompañe el documento que acredite que el solar o vivienda ha sido objeto de cesión o va a ser cedido de forma gratuita u onerosa.
e)
Que la solicitud de licencia de obras se presente en el registro municipal a partir del 29 de septiembre de 2011.
f)
Que se obtenga la correspondiente licencia de obras.
g)
Que el coste del P.E.M. para la construcción o rehabilitación de la vivienda no supere la cantidad de 180.000 €.
h)
Que el solicitante o los miembros de su unidad familiar no sean titulares de un derecho de dominio exclusivo sobre alguna otra vivienda habitable.
i)
Que la vivienda que se construya o rehabilite se destine a residencia habitual y permanente del solicitante o de su unidad familiar, sin que puede ser objeto de cesión o transmisión durante un plazo de 10 años desde la concesión de la subvención.
j)
No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.
k)
Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
l)
No tener deudas pendientes de pago con el Ayuntamiento de Torrelobatón.

Línea B:
Para la nave-almacén, las personas que residan en Torrelobatón, y además cumplan todas y cada una de las condiciones anteriores de vivienda unifamiliar, salvo las letras d), h) que se modifican de la siguiente manera, y se añade otro requisito, letra m):
d)
Tener la propiedad o copropiedad de un solar donde vaya a realizarse la construcción de la nave-almacén. También se admitirá que la propiedad corresponda al progenitor del solicitante, siempre que se acompañe el documento que acredite que el solar o nave-almacén ha sido objeto de cesión o va a ser cedido de forma gratuita u onerosa.
h)
Que el solicitante o los miembros de su unidad familiar no sean titulares de un derecho de dominio exclusivo sobre alguna otra nave-almacén.
m)
Que la nave-almacén que se construya esté vinculada a la ocupación/oficio del solicitante, sin que puede ser objeto de cesión o transmisión durante un plazo de 10 años desde la concesión de la subvención.


GASTOS SUBVENCIONABLES

Se consideran gastos subvencionables a las obras que se realicen desde el año 2011 a 2014.
También entran quienes hayan edificado viviendas con los requisitos recogidos en el artículo 3 de la ordenanza, desde 2007, con licencia de obra mayor, con proyecto visado por el colegio oficial correspondiente y tengan liquidado la licencia de obras.


COMPATIBILIDAD

Las subvenciones de la presente convocatoria son compatibles con cualquier tipo de ayuda de Instituciones públicas o privadas para el mismo fin.
Los solicitantes están obligados a comunicar al Ayuntamiento de Torrelobatón la obtención de otras subvenciones o ayudas de las obras.
Si la subvención se ha efectuado con la base de los datos aportados por el particular, no se revisará la subvención del Ayuntamiento de Torrelobatón.


SOLICITUDES

Solo se podrá presentar una solicitud por persona y vivienda o nave.
En caso de presentarse varias solicitudes por un solo beneficiario, éste será excluido.


PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 31 de diciembre de los próximos 4 años.


SEGUIMIENTO Y CONTROL

El Ayuntamiento de Torrelobatón efectuará el seguimiento y comprobación de la realización de la construcción o rehabilitación.


Haciendo click aquí, te descargas las páginas del Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid del 4 de abril de 2013, con el texto completo para presentar la solicitud de las subvenciones de construcción o rehabilitación de vivienda unifamiliar o construcción de nave en Torrelobatón.

Pinchando en este enlace te doy presupuesto de honorarios de arquitecto y aparejador para la construcción y rehabilitación de una vivienda unifamiliar o de una nave. Las subvenciones del Ayuntamiento de Torrelobatón son compatibles con las subvenciones de honorarios de arquitecto y aparejador para la construcción de una vivienda unifamiliar en los municipios de la provincia de Valladolid en 2013, que concede la Diputación Provincial de Valladolid. Haz click aquí para informarte de las subvenciones de honorarios de arquitecto y aparejador.

Las subvenciones del Ayuntamiento de Torrelobatón también son compatibles con las subvenciones de de obras para la rehabilitación de viviendas en los municipios de la provincia de Valladolid en 2013, que concede la Diputación Provincial de Valladolid. Haz click aquí para informarte de las subvenciones de obras para la rehabilitación de viviendas.


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16 abril 2013

Subvenciones de arquitecto y aparejador para viviendas en Valladolid 2013

subvenciones arquitecto valladolid 2013 © JTC

La Diputación Provincial de Valladolid ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia del día 3 de abril de 2013, las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones a los jóvenes de la provincia de Valladolid para financiar los honorarios de arquitecto y aparejador para los proyectos y dirección facultativa para la construcción o rehabilitación de viviendas en el ámbito rural en el año 2013.


OBJETO DE LA CONVOCATORIA

En municipios de la provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes.
Para vivienda unifamiliar, cuya construcción o rehabilitación sea promovida por los propietarios.
Para pisos en comunidad de propietarios, se admitirán las obras de rehabilitación de la vivienda con proyecto de ejecución único e individual.
Se considera rehabilitación, las obras que mejoren los requisitos básicos de la edificación, de funcionalidad, seguridad y habitabilidad del artículo 3º de la Ley de Ordenación de la Edificación.


CUANTÍA

El importe máximo de subvención por solicitud no podrá superar el 80% del coste de redacción del proyecto y dirección de obra.
Las subvenciones no podrán superar la cantidad de 2.500,00 euros.


BENEFICIARIOS

Las personas residentes en municipios de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes, y que cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones:
a)
Edad entre 18 y 36 años, ambos inclusive.
b)
La renta del solicitante o de su unidad familiar, no supere la cantidad de 50.000 € anuales. Este límite será aplicable a los casos de copropiedad, computándose los ingresos de todos los copropietarios.
c)
Figurar empadronado en el municipio donde se va a proceder a la construcción o rehabilitación. En el caso de que por ser propietario de un solar no pueda empadronarse, deberá asumirse el compromiso de hacerlo tan pronto como sea posible.
d)
Tener la propiedad o copropiedad del la parcela donde vaya a construirse o rehabilitarse la vivienda unifamiliar.
e)
Que la documentación técnica esté visada por el colegio profesional correspondiente.
f)
Que los honorarios de proyecto y dirección facultativa se paguen en el año 2013.
g)
Que las obras se inicien como máximo durante el primer semestre del año 2014, y finalicen como máximo el 31 de diciembre del año 2015.
h)
Que el presupuesto de ejecución material del proyecto no supere la cantidad de 170.000 euros, sin incluir gastos generales, ni beneficio industrial, ni i.v.a..
i)
Que el solicitante o los miembros de su unidad familiar no sean propietarios de alguna otra vivienda.
j)
Que la vivienda se destine a residencia habitual del solicitante o de su unidad familiar, durante al menos 5 años desde la concesión de la subvención.
k)
No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.
l)
Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
m)
No tener deudas pendientes de pago con la Diputación Provincial de Valladolid.


GASTOS SUBVENCIONABLES

Se subvencionan los honorarios del proyecto y la dirección facultativa, incluido el i.v.a.. No se subvencionan otros gastos, como préstamos hipotecarios, gastos de notaría, registro de la propiedad, etc.
Para obtener la subvención máxima de 2.500 euros, el presupuesto de ejecución material será igual o superior a 31.250 euros. En el caso de que el presupuesto de ejecución material sea inferior, se disminuirá la cuantía de la subvención hasta un máximo del 10% del coste, descontado el porcentaje de aportación del solicitante que será del 20%.


COMPATIBILIDAD

Las subvenciones son compatibles con cualquier tipo de ayuda que reciban los beneficiarios para el mismo fin, salvo con las concedidas por la Diputación en el año 2012 y anteriores para financiar los mismos honorarios técnicos y préstamos hipotecarios.
Los solicitantes tienen que comunicar a la Diputación la obtención de otras subvenciones o ayudas para los honorarios técnicos.
En ningún caso las subvenciones concedidas, incluida la de la Diputación, podrán ser superiores al coste de del proyecto y dirección facultativa.
Si el importe de todas las subvenciones excede de coste de los honorarios técnicos, se minorará proporcionalmente la subvención de la Diputación. Y si la solicitud se basa en los datos aportados por el solicitante, no se podrá revisar la subvención concedida por la Diputación.


SOLICITUDES

Solo se podrá presentar una solicitud por persona y vivienda o proyecto.
Si el solicitante presentara varias solicitudes, será excluido.


DOCUMENTACIÓN

Fotocopia del DNI del solicitante o fotocopia del libro de familia o certificación de unión de hecho.
Proyecto básico o proyecto de ejecución en formato papel o en formato de visado digital.
Presupuesto o factura pro-forma del proyecto y dirección facultativa, del año 2013.
Certificado de empadronamiento.
Nota simple del Registro de la Propiedad donde conste que el solicitante es propietario o copropietario de la parcela o de la vivienda.
Declaración de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.
Declaración de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Declaración de no tener deudas pendientes de pago con la Diputación Provincial de Valladolid.
Relación de los miembros de la unidad familiar que han recibido ingresos durante al año 2011, y fotocopia de la Declaración de I.R.P.F. de 2011.
Autorización para que la Diputación pueda solicitar a la Agencia Tributaria y a la Dirección General del Catastro información de carácter tributaria y catastral.
La documentación que los solicitantes estimen conveniente para acreditar los criterios de valoración.


PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 30 de junio de 2013 y comenzará a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOP de Valladolid, que fue el 3 de abril de 2013.


CRITERIOS DE VALORACIÓN

Si las solicitudes exceden de la cantidad total disponible por la Diputación, se seleccionarán aquellas solicitudes que obtengan una mayor puntuación conforme a los siguientes criterios:
Renta per capita, obtenida mediante la división de la renta total de la unidad familiar o copropietarios entre el número de miembros.
Mujeres que por causa de maltrato se encuentren en casa de acogida con anterioridad de 1 año a la adquisición de la vivienda.
Familias en que alguno de sus miembros esté afectado por minusvalía.
Familias en que alguno de sus miembros se encuentre en situación de desempleo o tenga reconocida la incapacidad permanente absoluta.
Familias perceptoras de la renta garantizada de ciudadanía.
Familias monoparentales.


SEGUIMIENTO Y CONTROL

La Diputación de Valladolid efectuará el seguimiento y comprobación de las obras de construcción o rehabilitación de las viviendas, y que la vivienda no se venda en un plazo de 5 años.


JUSTIFICACIÓN DE LAS OBRAS

Los beneficiaros deberán justificar y presentar:
El pago de los honorarios del proyecto y de dirección facultativa de las obras obligatoriamente por transferencia bancaria.
Fotocopia de la correspondiente licencia de obras, y documento registral donde conste la obligación de destino de la vivienda.
Antes del 31 de marzo del año 2016, el certificado final de obra, y los recibos de de la vivienda de electricidad, agua, teléfono fijo, etc.


Haciendo click aquí, te descargas las páginas del Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid del 3 de abril de 2013, con el texto completo y los modelos de hojas para presentar la solicitud de las subvenciones de arquitecto y aparejador.

Y haciendo click en este enlace te doy presupuesto de honorarios de arquitecto y aparejador para el proyecto y dirección de obra de construcción y rehabilitación de una vivienda unifamiliar. Para la rehabilitación de tu piso también te doy presupuesto de honorarios de arquitecto para el proyecto y dirección de obra o para una memoria valorada.


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27 marzo 2013

Honorarios de Arquitectos e Ingenieros en Alemania 2013

honorarios de arquitecto en alemania - Berlin Bundestag © Jswefu Makkeö

HONORARORDNUNG FÜR ARCHITEKTEN UND INGENIEURE IN DEUTSCHLAND

El Consejo Superior de Arquitectos de España (CSAE) publicó en 2012 un artículo titulado Traducción de las tarifas de honorarios en Alemania - HOAI [ Honorarordnung fuer Architekten und Ingenieure - HOAI ] , cuyo texto transpongo por el interés que hay con el comparativo nuestro y dado que el Anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales 2012 alude al ejemplo europeo.

El Texto traducido que reproduzco corresponde a la última versión de las tarifas de honorarios aplicables en Alemania, para servicios de Arquitectura e Ingeniería. He creído oportuno dar a conocer sus contenidos y estructuras, como punto fundamental de referencia en el ámbito europeo.

Sus tres características fundamentales son:
1.
Se trata de unas tarifas de honorarios de uso obligatorio. No es, por tanto, una tabla de baremos orientativos o un sistema de información sobre costes.
2.
No son aplicables cuando el profesional que presta el servicio está establecido en otro Estado miembro de la UE y quiere ejercer una prestación de servicios puntual en Alemania. Por este motivo, las autoridades alemanas, incluido el Gobierno, estiman que su mantenimiento no es contrario al Derecho Comunitario.
3.
Están autorizadas por una norma con rango de Ley, por lo que existe una cobertura estatal que justifica su necesidad por interés general y defensa de los usuarios y clientes.


REGLAMENTO SOBRE LOS HONORARIOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ARQUITECTOS E INGENIEROS EN ALEMANIA

VERORDNUNG ÜBER DIE HONORARE FÜR ARCHITEKTEN UND INGENIEURLEISTUNGEN IN DEUTSCHLAND

Sección 33.Descripción de servicios: Edificios y obras de ampliación de espacio
Leistungsbild Gebäude und raumbildende Ausbauten
La descripción de servicios para edificios y obras de ampliación de espacio incluye los servicios para nuevos edificios, nuevas instalaciones, reconstrucciones, ampliaciones, remodelaciones, modernizaciones, obras de ampliación de espacio, mantenimiento y reparación. Los servicios se resumen en nueve fases de servicio y se valoran de acuerdo con los siguientes porcentajes de los honorarios establecidos en la sección 34:
1 para la fase de servicios 1 (estudio previo) un 3 % en edificios y obras de ampliación de espacio
2 para la fase de servicios 2 (anteproyecto) un 7 % en edificios y obras de ampliación de espacio, 33 Impreso 395/09
3 para la fase de servicios 3 (proyecto básico) un 11 % en edificios y un 14 % en obras de ampliación de espacio
4 para la fase de servicios 4 (solicitud de la licencia de obra) un 6 % en edificios y un 2 % en obras de ampliación de espacio
5 para la fase de servicios 5 (proyecto de ejecución) un 25 % en edificios y un 30 % en obras de ampliación de espacio
6 para la fase de servicios 6 (acta de replanteo) un 10 % en edificios y un 7 % en obras de ampliación de espacio
7 para la fase de servicios 7 (asistencia en el acta de replanteo) un 4 % en edificios y un 3 % en obras de ampliación de espacio
8 para la fase de servicios 8 (supervisión o dirección de obra) un 31 % en edificios y obras de ampliación de espacio
9 para la fase de servicios 9 (liquidación y recepción de obra) un 3 % en edificios y obras de ampliación de espacio. Los servicios específicos de cada fase de servicios se encuentran regulados en el anexo 11

Sección 34.Honorarios por los servicios en edificios y obras de ampliación de espacio
Honorare für Leistungen bei Gebäuden und raumbildenden Ausbauten
En la siguiente tabla de honorarios se encuentran establecidos los porcentajes mínimos y máximos de los honorarios por los servicios relacionados con los edificios y obras de ampliación de espacio enumerados en la sección 33.


TABLA DE HONORARIOS PARA LA SECCIÓN 34, PÁRRAFO 1: EDIFICIOS Y OBRAS DE AMPLIACIÓN DE ESPACIO

GEBÄUDE UND RAUMBILDENDE AUSBAUTEN

honorarios de arquitecto en alemania


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04 abril 2012

Subvenciones de arquitecto y aparejador para vivienda en Valladolid 2012

subvenciones honorarios arquitecto valladolid

Se han publicado en el BOP de Valladolid de 14 de Marzo del 2012 las “Bases reguladoras y convocatoria de Subvenciones a los jóvenes de la provincia para financiar los honorarios técnicos de redacción de proyectos y dirección facultativa para la construcción o rehabilitación de viviendas unifamiliares en el ámbito rural”.


¿QUÉ VIVIENDAS ENTRAN EN LA SUBVENCIÓN?

La vivienda unifamiliar ó chalet en la vayas a ser autopromotor. Para que lo entiendas, la casa que te vayas a construir para ti sólo. No vale una casa ya construida que compres ó que compartas con tu hermana.
La vivienda unifamiliar ó chalet que sea de tu propiedad y la vayas a rehabilitar.
También el piso que sea de tu propiedad y que vayas a rehabilitar.


CANTIDAD DE LA SUBVENCIÓN

Como máximo 2.500 euros, i.v.a. incluido. A día de hoy el i.v.a. de los honorarios de arquitecto y aparejador es el 18%.
La subvención no puede superar el 80% del proyecto y dirección facultativa.


¿A QUIEN SE LE DA LA SUBVENCIÓN?

Las personas que soliciten la subvención tienen que cumplir todos estos requisitos:
Edad comprendida entre los 18 y los 36 años, ambos inclusive, a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
Que estén censadas en municipios de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes.
Que la renta de la persona solicitante ó de su unidad familiar, no supere la cantidad de 50.000 euros anuales.
Tener la propiedad o copropiedad del solar donde vaya a realizarse la casa, ó ser propietario de la casa ó piso a rehabilitar.
Que la persona solicitante o los miembros de su unidad familiar no sean propietarios de otra vivienda.
Que la vivienda que se construya o rehabilite se destine a residencia habitual de la persona solicitante y de su unidad familiar.
Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Y no tener deudas con la Diputación Provincial de Valladolid.


¿QUÉ DOCUMENTACIÓN TÉCNICA TENGO QUE PRESENTAR?

El Proyecto de Ejecución visado, el Estudio básico de Seguridad y Salud visado, la Dirección de Obra de arquitecto visada, la Dirección de Obra de aparejador visada, y el nombramiento de Coordinador de Seguridad y Salud visado.
Si presentas el Proyecto Básico visado, tienes que comprometerte a que el Proyecto de Ejecución será visado por el Colegio de Arquitectos con carácter previo a la ejecución de las obras y que el presupuesto de ejecución material que figure en el Proyecto de Ejecución no supere el del Proyecto Básico presentado.


¿CUÁL ES EL MÁXIMO PRESUPUESTO PARA LA CONSTRUCCIÓN O REHABILITACIÓN DE LA VIVIENDA?

El presupuesto de ejecución material máximo que tiene que figurar en el Proyecto Básico y Proyecto de Ejecución, es de 180.000 euros. Sería aproximadamente como máximo 225.000 euros de presupuesto real de obra, sin el i.v.a..


¿CUÁNDO TENGO QUE PAGAR LOS HONORARIOS DE ARQUITECTO Y APAREJADOR?

Obligatoriamente en el año 2012.


¿CUÁNDO TENGO QUE COMENZAR Y FINALIZAR LAS OBRAS?

Las obras las tienes que iniciar cuando te concedan la licencia de obras, y como máximo, antes del 30 de Junio del 2013.
Las obras las tienes que finalizar como máximo antes del 31 de Diciembre del 2014.


¿ESTAS SUBVENCIONES SON COMPATIBLES CON OTRAS SUBVENCIONES?

Son compatibles con cualquier tipo de ayuda que reciban los beneficiarios de Instituciones públicas o privadas para el mismo fin. Excepto con las mismas subvenciones de la Diputación del 2011 y años anteriores para financiar los honorarios técnicos para la construcción de viviendas unifamiliares.


¿CUÁNDO FINALIZA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES?

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 30 de junio de 2012 y ya ha comenzado.


Date prisa y haz click aquí para solicitar un presupuesto de arquitecto y aparejador para una vivienda unifamiliar en Valladolid ó llámame al teléfono 600750246.


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30 mayo 2011

Subvenciones para la Inspección Técnica de Edificio en Castilla y León

subvenciones ite castilla y leon 2011

La Junta de Castilla y León ha publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León del 5 de Mayo de 2011, las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la realización de la inspección técnica de edificios de viviendas.


SUBVENCION PARA LOS HONORARIOS DE LA ITE

Los beneficiarios son Comunidades de Propietarios y personas propietarias de viviendas unifamiliares.
La cuantía de la subvención será del 30% de los honorarios del técnico que haya realizado el informe de la inspección técnica del edificio, con un límite de 600 euros por edificio.
Por ejemplo si los honorarios de una ITE han sido 450 euros más el i.v.a., la subvención sería el 30% de los 450 euros, que son 135 euros. Y si los honorarios de una ITE han sido 3.000 euros más el i.v.a., la subvención sería 600 euros porque el 30% de 3.000 euros son 900 euros.
Los solicitantes deberán presentar la justificación de la actividad subvencionada antes del 31 de enero del año siguiente a aquel en el que se publique en el Boletín Oficial de Castilla y León la correspondiente Orden de convocatoria
De momento la Orden de convocatoria no está publicada. Pero no impide se que realice la Inspección Técnica del Edificio.

Pide presupuesto de la inspección técnica de tu edificio en Valladolid, pinchando aquí.


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