Mostrando entradas con la etiqueta electricidad. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta electricidad. Mostrar todas las entradas

26 septiembre 2016

Inspección de instalación de electricidad en edificio de viviendas con más de 100 kW

inspeccion instalacion electricidad viviendas 100 kw

La Dirección General de Industria y Competitividad perteneciente a la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León, ha rectificado el protocolo para realizar la inspección periódica de las instalaciones eléctricas comunes los edificios de viviendas.

El pasado 20 de septiembre de 2016 se publicó en el BOCYL, que habían detectado un error en la redacción del anterior protocolo que se publicó el 20 de Enero de 2014, dos años y ocho meses después.

En mi artículo del 31 de marzo de 2014, titulado “Inspección de instalación de electricidad en edificio de viviendas”, ya advertía del problema que por fin ha corregido la Consejería.

A partir de ahora, los edificios de viviendas que tengan una potencia instalada superior a 100 kW, lo cual se puede conocer mediante la documentación del proyecto de la instalación de electricidad o realizando el cálculo de la instalación, tendrán que pasar una inspección de un Organismo de Control Autorizado (OCA).

Si no se conocen los datos de la instalación y se tienen 20 o más contadores, incluyendo el de zonas comunes, y los de los locales comerciales y oficinas que dependan de la misma acometida del edificio, también hará falta una inspección de un Organismo de Control Autorizado (OCA).

Si los locales comerciales y las oficinas, tienen su propia acometida, entonces su potencia no se incluye en la potencia del edificio.

Para solventar esta inspección, lo mejor es que llames a un técnico titulado o a un instalador para que busque el proyecto de electricidad o haga el cálculo de la instalación. En caso de no tener que pasar la inspección del OCA, lo aconsejable es que encargues al técnico una revisión. Va a estar un tiempo pero te merece la pena porque va comprobar el buen estado y mantenimiento de la instalación eléctrica comunitaria y así evitar riesgos.

Si tu edificio tiene más de 40 años, entonces el técnico que contrates para la Inspección Técnica del Edificio o el Informe de Evaluación del Edificio, te va a decir si te hace falta la inspección del OCA o te revisa de la instalación de electricidad comunitaria.

La imagen de abajo es el texto original del Boletín Oficial de Castilla y León.

inspeccion instalacion electricidad viviendas error



Entradas relacionadas:
Inspección de instalación de electricidad en edificio de viviendas
Categoría del blog:
NORMATIVA
Si te ha gustado el artículo, compártelo en tus redes sociales. Gracias.
SEGUIR LEYENDO ...»

29 agosto 2016

Reglamento para las instalaciones eléctricas receptoras de 1933

reglamento instalaciones electricas receptoras 1933 - gaceta de madrid


El Reglamento para las instalaciones eléctricas receptoras de 1933 se basaba en el anterior Reglamento de 1930, que al cabo de un año y medio de funcionamiento se apagó, volviendo a ver la luz a los dos años.

El nuevo Reglamento para las instalaciones eléctricas receptoras de 1933, fue publicado en la Gaceta de Madrid número 188, de 7 de Julio de 1933, como Decreto, por parte del Ministerio de Industria y Comercio.

El Reglamento constaba de 3 “Títulos”, que son los grandes apartados, cuya denominación fue similar al del Reglamento de 1930:
DE LAS INSTALACIONES RECEPTORAS EN GENERAL.
CONDICIONES ESPECIALES, QUE ADEMÁS DE LAS GENERALES DEBEN REUNIR LAS INSTALACIONES EN LOS LOCALES DE PÚBLICA CONCURRENCIA.
DE LA COMPROBACIÓN DE LAS INSTALACIONES RECEPTORAS.

Al final de este artículo están todas las hojas originales del Reglamento publicado en la Gaceta de Madrid, que era en aquel entonces como el Boletín Oficial del Estado de hoy.

La primera modificación del Reglamento se produjo para dirimir si las tasas se las llevaba el Ministerio, las Diputaciones o los Ayuntamientos. Las distintas administraciones públicas siempre han sido polos opuestos. La modificación del Reglamento correspondiente a la aplicación del artículo 56, se publicó en la Gaceta de Madrid número 60 de 1 de Marzo de 1934, como Orden.

La segunda modificación del Reglamento se produjo de nuevo para solventar un conflicto de las administraciones públicas, porque seguían repeliéndose. La modificación del Reglamento correspondiente al artículo 37, se publicó en la Gaceta de Madrid número 324 de 20 de Noviembre de 1935, como Orden.

Y la tercera modificación del Reglamento< se produjo para que se hicieran reparaciones en las líneas de distribución y dentro de los edificios. Había que ponerse las pilas porque la normativa iba en serio. La aclaración para la aplicación del Reglamento en instalaciones existentes, se publicó en el Boletín Oficial del Estado número 308 de 2 de Noviembre de 1940.


reglamento instalaciones electricas receptoras 1933 - 01
reglamento instalaciones electricas receptoras 1933 - 02
reglamento instalaciones electricas receptoras 1933 - 03
reglamento instalaciones electricas receptoras 1933 - 04
reglamento instalaciones electricas receptoras 1933 - 05
reglamento instalaciones electricas receptoras 1933 - 06
reglamento instalaciones electricas receptoras 1933 - 07
reglamento instalaciones electricas receptoras 1933 - 08
reglamento instalaciones electricas receptoras 1933 - 09
reglamento instalaciones electricas receptoras 1933 - 10
reglamento instalaciones electricas receptoras 1933 - 11
reglamento instalaciones electricas receptoras 1933 - 12
Todas las imágenes son del BOE.


Si te ha gustado el artículo, compártelo en tus redes sociales. Gracias.
SEGUIR LEYENDO ...»

14 marzo 2016

Proyecto y obra de reforma de portal y contadores de electricidad y agua en Valladolid

 proyecto obra reforma portal contadores electricidad agua - fachada

 proyecto obra reforma portal contadores electricidad agua - escaleras

 proyecto obra reforma portal contadores electricidad agua - cuadro

 proyecto obra reforma portal contadores electricidad agua - individual

Este fué un trabajo en un edificio de viviendas en el que había que subir dos peldaños desde la acera hasta el ascensor en planta baja, es decir no era un portal accesible. El edificio estaba en el municipio de Valladolid.

La instalación comunitaria de electricidad se encontraba en mal estado teniendo además los contadores de electricidad en los rellanos de cada planta. Y sólo había un contador de agua para todo el edificio con unas llaves de corte obstruidas en cada planta.


EL PROGRAMA DE NECESIDADES

La Comunidad de Propietarios me encargó:
La accesibilidad del portal o supresión de barreras arquitectónicas.
Cambio del primer tramo de escaleras y de su barandilla.
Cambio de los buzones.
Centralización de contadores de electricidad en un armario en el portal y cambio de la instalación comunitaria.
Contadores individuales de agua en cada planta y cambio de las tuberías de reparto.


LA PROPUESTA DEL PROYECTO DE REFORMA Y LA OBRA

Para que el portal fuera accesible, se ejecutó una pequeña rampa exterior, se bajó el nivel del portal porque era una solera y a continuación se realizó una rampa interior.
Se desplazó la puerta exterior del portal para que cupiese el armario de contadores de electricidad en un lateral del portal.
Se embutieron los buzones en una pared del portal.
Se ejecutó una nueva instalación comunitaria de electricidad hasta el cuadro eléctrico de cada vivienda.
Se instalaron nuevas tuberías de reparto de agua con contadores individuales en cada planta así como un contador para la Comunidad de Propietarios.
Se instalaron luces de emergencia y extintores en todas las plantas.
Se ejecutaron nuevos peldaños y barandilla en el primer tramo de escaleras.
Les propuse instalar también luces de emergencia, extintores y señalización de evacuación en el cuarto de la bomba del agua, en el cuarto del ascensor, en el patio y en el sótano.
Hacía falta un proyecto y dirección de obra de arquitecto porque se desplazaba la puerta del portal en la fachada.
El proyecto del ingeniero estaba coordinado con mi proyecto, por lo que la empresa constructora presupuestó la obra en su totalidad y la licencia de obras era de todas las obras e instalaciones.
La Comunidad de Propietarios tuvo siempre una copia toda la documentación, incluso del Organismo de Control Autorizado (OCA) y de los boletines de los instaladores junto con sus registros en la Delegación de de Industria de la Consejería.
Propuse a la Comunidad de Propietarios y a su Administrador que realizaran un documento de reparto de los gastos de las obras para deducirlos en la Declaración de la Renta.


SEGUIR LEYENDO ...»

31 marzo 2014

Inspección de instalación de electricidad en edificio de viviendas

inspeccion instalacion electricidad viviendas suministros


La Dirección General de Industria e Innovación Tecnológica perteneciente a la Consejería de Economía y Empleo de la Junta de Castilla y León, considera que deberán realizar la inspección periódica de las instalaciones eléctricas comunes los edificios de viviendas que dispongan de 20 ó más contadores. Pero si se calcula la potencia instalada, hay edificios con más de 20 contadores que no tienen que pasar la inspección. A los contadores se les denomina también como suministros.

El pasado 20 de Enero de 2014 se publicaron en el BOCYL, los protocolos para las inspecciones periódicas reglamentarias de las instalaciones de electricidad en baja tensión en los edificios de viviendas. En el Anexo I, figura textualmente:

“Se considera que deberán realizar la inspección periódica de las instalaciones eléctricas comunes cada diez años los edificios destinados a viviendas que dispongan de 20 ó más suministros, y en todo caso, cuando disponiéndose del dato de la potencia total instalada del edificio, ésta sea superior a 100 kW.”

En el caso de un edificio construido a partir del año 2003, compuesto por 19 viviendas de menos de 80 m2 útiles, zonas comunes con un ascensor, un grupo de presión de agua, instalación de telecomunicaciones, 19 trasteros y 19 plazas de garaje, la potencia total instalada del edificio sería aproximadamente de 104 kW, superior a 100 kW. Este edificio tendría 19 contadores para las viviendas y 1 contador para las zonas comunes, en total 20 contadores o suministros.

Pero en el caso de un edificio construido entre 1973 y 2003, compuesto por 19 viviendas de menos de 80 m2 útiles, zonas comunes con un ascensor, un grupo de presión de agua, instalación de telecomunicaciones, 19 trasteros y 19 plazas de garaje, la potencia total instalada del edificio sería aproximadamente de 55 kW, inferior a 100 kW. Este otro edificio tendría igualmente 19 contadores para las viviendas y 1 contador para las zonas comunes, en total 20 contadores o suministros. En este caso la potencia total instalada está calculada en base al Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión de 1973.

El Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión 2002 (REBT 2002) que entró en vigencia el 18 de septiembre de 2003, obligaba a realizar una inspección periódica cada diez años a las instalaciones eléctricas comunes de edificios de viviendas de potencia total instalada superior a 100 kW (kilo Watios). Los edificios de viviendas con instalaciones anteriores al 2003 que tuvieran más de 100 kW, también debían pasar dicha inspección.

Ha existido cierta desidia por parte de las autonomías en hacer cumplir la normativa del REBT 2002, e incluso no se han puesto de acuerdo las autonomías en la interpretación del REBT 2002. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid se considera que deberán realizar la inspección periódica de las instalaciones eléctricas comunes, los edificios de viviendas que tengan 25 o más suministros de viviendas.

inspeccion instalacion electricidad viviendas protocolo

La Dirección General de Industria e Innovación Tecnológica, para garantizar la seguridad y el buen funcionamiento de las instalaciones, publicó también en el BOCYL del 20 de Enero, un listado con los defectos que en caso de existir y no poder corregirse obligarían a actualizar la instalación común de electricidad.

Si pinchas aquí, abres la web del BOCYL del 20 de Enero de 2014, con la Resolución de 26 de diciembre de 2013, referente a los protocolos para la realización de inspecciones periódicas reglamentarias de las instalaciones eléctricas de baja tensión comunitarias en edificios de viviendas. No es un pdf.
Si pinchas aquí, abres la web del BOCYL con la Orden EYE/236/2005, que regula el régimen de inspecciones periódicas de las instalaciones eléctricas de baja tensión existentes. No es un pdf.
Si pinchas aquí abres la web del BOE con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión 2002 (REBT 2002). No es un pdf.


En el municipio de Valladolid, las obras para la centralización de contadores de electricidad es considerada como una obra mayor, y hay que presentar para la solicitud de la licencia de obras un proyecto de arquitecto, con dirección de obra, estudio básico y coordinación de seguridad y salud. En este caso me puedes pedir presupuesto pinchando aquí. Es aconsejable aprovechar el proyecto y la licencia, para incluir la accesibilidad en el portal si no fuera accesible.


Si te ha gustado el artículo, compártelo en tus redes sociales. Gracias.
SEGUIR LEYENDO ...»

16 abril 2011

Inspección Técnica de Edificio (ITE) en Villamuriel de Cerrato

ite villamuriel de cerrato ayuntamiento

La Inspección Técnica de Edificio en Villamuriel de Cerrato, popularmente conocida como la ITV del edificio ó simplemente ITE, está regulada por la Junta de Castilla y León. En los siguientes apartados se resumen los aspectos más relevantes para el cumplimiento de la ITE en Villamuriel de Cerrato.


Para solicitar un presupuesto de la ITE en Villamuriel de Cerrato, pulsa aquí.



ite villamuriel de cerrato

La ITE es obligatoria para todos los edificios, lo que se denomina como ITE Completa. Esto se debe a que Villamuriel de Cerrato tiene más de 5.000 habitantes y menos de 20.000, y además está incluido en el Área Funcional Estable formada por el municipio de Palencia junto con los municipios de su entorno metropolitano.
Todos los edificios: bloques de viviendas, viviendas unifamiliares, chalets, edificios de oficinas, edificios comerciales, hoteles, almacenes, naves, edificios industriales,…
Al ser obligatoria la ITE Completa, abarca a todos los edificios aunque estén en urbanizaciones, polígonos o en mitad del campo.
Los edificios que se hayan construido sin licencia también están obligados a presentar la ITE.



En este año 2020 tienen que presentar la ITE todos aquellos edificios que se acabaron de construir antes del año 1979.
Para los edificios de 1979, hay de plazo hasta el 31 de Diciembre de 2020.
Los edificios que sean anteriores a 1979 deberían de haber presentado ya la ITE.
Para comprobar la edad de tu edificio, haz click aquí para enlazar con la web del Catastro, en dónde figura el año de finalización de tu edificio.
Una vez realizada la inspección favorable, hasta dentro de diez años no hay que volver a realizarla.



Sólo pueden realizar la ITE de edificios de viviendas (bloques de pisos, viviendas unifamiliares y chalets) los Arquitectos y los Arquitectos Técnicos.
Dado que soy arquitecto, también puedo realizar la inspección técnica en todo tipo de edificios (comerciales, de oficinas, hoteles, almacenes, naves y edificios industriales).



Hay que inspeccionar visualmente todas las zonas comunes y partes del edificio que sean accesibles (portal, escaleras, tejado, cuartos de instalaciones,…).
Hay que revisar como mínimo el 50% de la planta baja del edificio (viviendas, locales comerciales, oficinas,…) .
Hay que revisar como mínimo el 50% de la planta que esté bajo el tejado (viviendas, oficinas, trasteros,…) .
Hay que revisar como mínimo el 50% de las plantas de sótanos (locales comerciales, almacenes, trasteros, garajes,…) .
Y del resto de las plantas, que no sean ni planta baja, ni planta bajo el tejado, ni plantas de sótanos, hay que revisar como mínimo el 50% (viviendas, locales comerciales, oficinas,…).
Todos los propietarios de viviendas, locales, oficinas, etc, tienen la obligación de permitir el acceso para la revisión.



Los propietarios del edifico en el que haya ascensor tienen que aportar a la ITE, el Informe de la Inspección Periódica de Ascensores que se realiza cada cuatro años. Si no la encuentras, te ayudo a buscarla.
Los propietarios de bloques de pisos en los que haya Gas, tienen que aportar a la ITE, el Certificado de Inspección Periódica de la instalación comunitaria del Gas. Si no la encuentrasn, te ayudo a solicitarla.
Los propietarios de viviendas unifamiliares y chalets que tengan gas, también tienen que aportar a la ITE, el Certificado de Inspección Periódica de la instalación de Gas, aunque tengan bombonas de gas. Si no lo tienes, te ayudo a que pidas oferta para su contratación.
Para los edificios que tengan una potencia eléctrica instalada superior a 100 kilowatios, los propietarios tienen que aportar un informe de un Organismo de Control Autorizado (OCA). Si no lo tienes, te ayudo a que pidas oferta para su contratación.



ite villamuriel de cerrato electricidad contador

El edificio y sus instalaciones, tendrán que cumplir con las normativas técnicas del año en que se construyeron o se realizaron.
Los comercios, oficinas, garajes, talleres, y actividades industriales, tendrán que respetar las normativas técnicas del año en que se concedió su licencia de actividad.



Durante la revisión del edificio, si detecto alguna deficiencia te la comentaré para que se repare. Y una vez reparadas las deficiencias el resultado de la Inspección Técnica del Edificio será favorable.
Si tras la inspección de carácter visual se apreciaran daños o indicios de daños que supusieran un riesgo inminente para las personas que hubiera dentro o fuera del edificio (por ejemplo tejas a punto de caerse), te solicitaré que ejecuten inmediatamente todas las medidas preventivas y obras de reparación.
Las Inspecciones Técnicas de Edificios a falta de reparaciones se consideran como no favorables, y se establece un plazo para las obras de reparaciones. Dichas Inspecciones Técnicas se pueden presentar en el Ayuntamiento, pero pasado el plazo establecido para las reparaciones, el ayuntamiento obliga a que se ejecuten.
Para ejecutar las reparaciones, te hará falta solicitar una licencia de obras.



Cuando no se presentan en el plazo establecido.
Cuando no se presenta toda la documentación que solicite el Ayuntamiento.
Cuando no se realizan las obras de reparaciones de las deficiencias.
Cuando no se contesta a los requerimientos del Ayuntamiento.



De momento al Ayuntamiento de Villamuriel de Cerrato no hay que pagar ninguna tasa.
Para darte un presupuesto de mis honorarios por hacer la ITE en Villamuriel de Cerrato, me proporcionas los datos del edificio: el número viviendas, trasteros, garajes, locales, escaleras, ascensores y plantas, y describes las zonas comunes; cuantos más datos mejor. O me dices la dirección del edificio que será más sencillo.
Para solicitar un presupuesto de mis honorarios para hacer la ITE, haz click aquí.



Decreto 10/2013 de modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, publicado en el BOCYL de 13 de marzo de 2013, en archivo pdf y en la web del boletín oficial.
Decreto 6/2016, de modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, publicado en el BOCYL de 4 de marzo de 2016, en archivo pdf y en la web del boletín oficial.



ite municipios provincia de palencia



SEGUIR LEYENDO ...»

15 abril 2011

Inspección Técnica de Edificio (ITE) en Venta de Baños

ite venta de baños ayuntamiento

La Inspección Técnica de Edificio en Venta de Baños, popularmente conocida como la ITV del edificio ó simplemente ITE, está regulada por la Junta de Castilla y León. En los siguientes apartados se resumen los aspectos más relevantes para el cumplimiento de la ITE en Venta de Baños.


Para solicitar un presupuesto de la ITE en Venta de Baños, pulsa aquí.



ite venta de baños cubierta

La ITE es obligatoria para todos los edificios, lo que se denomina como ITE Completa. Esto se debe a que Venta de Baños tiene más de 5.000 habitantes y menos de 20.000, y además está incluido en el Área Funcional Estable formada por el municipio de Palencia junto con los municipios de su entorno metropolitano.
Todos los edificios: bloques de viviendas, viviendas unifamiliares, chalets, edificios de oficinas, edificios comerciales, hoteles, almacenes, naves, edificios industriales,…
Al ser obligatoria la ITE Completa, abarca a todos los edificios aunque estén en urbanizaciones, polígonos o en mitad del campo.
Los edificios que se hayan construido sin licencia también están obligados a presentar la ITE.



En este año 2020 tienen que presentar la ITE todos aquellos edificios que se acabaron de construir antes del año 1979.
Para los edificios de 1979, hay de plazo hasta el 31 de Diciembre de 2020.
Los edificios que sean anteriores a 1979 deberían de haber presentado ya la ITE.
Para comprobar la edad de tu edificio, haz click aquí para enlazar con la web del Catastro, en dónde figura el año de finalización de tu edificio.
Una vez realizada la inspección favorable, hasta dentro de diez años no hay que volver a realizarla.



Sólo pueden realizar la ITE de edificios de viviendas (bloques de pisos, viviendas unifamiliares y chalets) los Arquitectos y los Arquitectos Técnicos.
Dado que soy arquitecto, también puedo realizar la inspección técnica en todo tipo de edificios (comerciales, de oficinas, hoteles, almacenes, naves y edificios industriales).



Hay que inspeccionar visualmente todas las zonas comunes y partes del edificio que sean accesibles (portal, escaleras, tejado, cuartos de instalaciones,…).
Hay que revisar como mínimo el 50% de la planta baja del edificio (viviendas, locales comerciales, oficinas,…) .
Hay que revisar como mínimo el 50% de la planta que esté bajo el tejado (viviendas, oficinas, trasteros,…) .
Hay que revisar como mínimo el 50% de las plantas de sótanos (locales comerciales, almacenes, trasteros, garajes,…) .
Y del resto de las plantas, que no sean ni planta baja, ni planta bajo el tejado, ni plantas de sótanos, hay que revisar como mínimo el 50% (viviendas, locales comerciales, oficinas,…).
Todos los propietarios de viviendas, locales, oficinas, etc, tienen la obligación de permitir el acceso para la revisión.



Los propietarios del edifico en el que haya ascensor tienen que aportar a la ITE, el Informe de la Inspección Periódica de Ascensores que se realiza cada cuatro años. Si no la encuentras, te ayudo a buscarla.
Los propietarios de bloques de pisos en los que haya Gas, tienen que aportar a la ITE, el Certificado de Inspección Periódica de la instalación comunitaria del Gas. Si no la encuentrasn, te ayudo a solicitarla.
Los propietarios de viviendas unifamiliares y chalets que tengan gas, también tienen que aportar a la ITE, el Certificado de Inspección Periódica de la instalación de Gas, aunque tengan bombonas de gas. Si no lo tienes, te ayudo a que pidas oferta para su contratación.
Para los edificios que tengan una potencia eléctrica instalada superior a 100 kilowatios, los propietarios tienen que aportar un informe de un Organismo de Control Autorizado (OCA). Si no lo tienes, te ayudo a que pidas oferta para su contratación.



ite venta de baños agua contador

El edificio y sus instalaciones, tendrán que cumplir con las normativas técnicas del año en que se construyeron o se realizaron.
Los comercios, oficinas, garajes, talleres, y actividades industriales, tendrán que respetar las normativas técnicas del año en que se concedió su licencia de actividad.



Durante la revisión del edificio, si detecto alguna deficiencia te la comentaré para que se repare. Y una vez reparadas las deficiencias el resultado de la Inspección Técnica del Edificio será favorable.
Si tras la inspección de carácter visual se apreciaran daños o indicios de daños que supusieran un riesgo inminente para las personas que hubiera dentro o fuera del edificio (por ejemplo tejas a punto de caerse), te solicitaré que ejecuten inmediatamente todas las medidas preventivas y obras de reparación.
Las Inspecciones Técnicas de Edificios a falta de reparaciones se consideran como no favorables, y se establece un plazo para las obras de reparaciones. Dichas Inspecciones Técnicas se pueden presentar en el Ayuntamiento, pero pasado el plazo establecido para las reparaciones, el ayuntamiento obliga a que se ejecuten.
Para ejecutar las reparaciones, te hará falta solicitar una licencia de obras.



Cuando no se presentan en el plazo establecido.
Cuando no se presenta toda la documentación que solicite el Ayuntamiento.
Cuando no se realizan las obras de reparaciones de las deficiencias.
Cuando no se contesta a los requerimientos del Ayuntamiento.



De momento al Ayuntamiento de Venta de Baños no hay que pagar ninguna tasa.
Para darte un presupuesto de mis honorarios por hacer la ITE en Venta de Baños, me proporcionas los datos del edificio: el número viviendas, trasteros, garajes, locales, escaleras, ascensores y plantas, y describes las zonas comunes; cuantos más datos mejor. O me dices la dirección del edificio que será más sencillo.
Para solicitar un presupuesto de mis honorarios para hacer la ITE, haz click aquí.



Decreto 10/2013 de modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, publicado en el BOCYL de 13 de marzo de 2013, en archivo pdf y en la web del boletín oficial.
Decreto 6/2016, de modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, publicado en el BOCYL de 4 de marzo de 2016, en archivo pdf y en la web del boletín oficial.



ite municipios provincia de palencia



SEGUIR LEYENDO ...»

13 abril 2011

Inspección Técnica de Edificio (ITE) en Zaratán

ite zaratan ayuntamiento

La Inspección Técnica de Edificio en Zaratán, popularmente conocida como la ITV del edificio ó simplemente ITE, está regulada por la Junta de Castilla y León. En los siguientes apartados se resumen los aspectos más relevantes para el cumplimiento de la ITE en Zaratán.


Para solicitar un presupuesto de la ITE en Zaratán, pulsa aquí.



ite zaratan cubierta canalon

La ITE es obligatoria para todos los edificios, lo que se denomina como ITE Completa. Esto se debe a que Zaratán tiene más de 5.000 habitantes y menos de 20.000, y además está incluido en el Área Funcional Estable formada por los municipios de Valladolid y Laguna de Duero junto con los municipios de su entorno metropolitano.
Todos los edificios: bloques de viviendas, viviendas unifamiliares, chalets, edificios de oficinas, edificios comerciales, hoteles, almacenes, naves, edificios industriales,…
Al ser obligatoria la ITE Completa, abarca a todos los edificios aunque estén en urbanizaciones, polígonos o en mitad del campo.
Los edificios que se hayan construido sin licencia también están obligados a presentar la ITE.



En este año 2020 tienen que presentar la ITE todos aquellos edificios que se acabaron de construir antes del año 1979.
Para los edificios de 1979, hay de plazo hasta el 31 de Diciembre de 2020.
Los edificios que sean anteriores a 1979 deberían de haber presentado ya la ITE.
Para comprobar la edad de tu edificio, haz click aquí para enlazar con la web del Catastro, en dónde figura el año de finalización de tu edificio.
Una vez realizada la inspección favorable, hasta dentro de diez años no hay que volver a realizarla.



Sólo pueden realizar la ITE de edificios de viviendas (bloques de pisos, viviendas unifamiliares y chalets) los Arquitectos y los Arquitectos Técnicos.
Dado que soy arquitecto, también puedo realizar la inspección técnica en todo tipo de edificios (comerciales, de oficinas, hoteles, almacenes, naves y edificios industriales).



Hay que inspeccionar visualmente todas las zonas comunes y partes del edificio que sean accesibles (portal, escaleras, tejado, cuartos de instalaciones,…).
Hay que revisar como mínimo el 50% de la planta baja del edificio (viviendas, locales comerciales, oficinas,…) .
Hay que revisar como mínimo el 50% de la planta que esté bajo el tejado (viviendas, oficinas, trasteros,…) .
Hay que revisar como mínimo el 50% de las plantas de sótanos (locales comerciales, almacenes, trasteros, garajes,…) .
Y del resto de las plantas, que no sean ni planta baja, ni planta bajo el tejado, ni plantas de sótanos, hay que revisar como mínimo el 50% (viviendas, locales comerciales, oficinas,…).
Todos los propietarios de viviendas, locales, oficinas, etc, tienen la obligación de permitir el acceso para la revisión.



Los propietarios del edifico en el que haya ascensor tienen que aportar a la ITE, el Informe de la Inspección Periódica de Ascensores que se realiza cada cuatro años. Si no la encuentras, te ayudo a buscarla.
Los propietarios de bloques de pisos en los que haya Gas, tienen que aportar a la ITE, el Certificado de Inspección Periódica de la instalación comunitaria del Gas. Si no la encuentrasn, te ayudo a solicitarla.
Los propietarios de viviendas unifamiliares y chalets que tengan gas, también tienen que aportar a la ITE, el Certificado de Inspección Periódica de la instalación de Gas, aunque tengan bombonas de gas. Si no lo tienes, te ayudo a que pidas oferta para su contratación.
Para los edificios que tengan una potencia eléctrica instalada superior a 100 kilowatios, los propietarios tienen que aportar un informe de un Organismo de Control Autorizado (OCA). Si no lo tienes, te ayudo a que pidas oferta para su contratación.



ite zaratan agua contadores

El edificio y sus instalaciones, tendrán que cumplir con las normativas técnicas del año en que se construyeron o se realizaron.
Los comercios, oficinas, garajes, talleres, y actividades industriales, tendrán que respetar las normativas técnicas del año en que se concedió su licencia de actividad.



Durante la revisión del edificio, si detecto alguna deficiencia te la comentaré para que se repare. Y una vez reparadas las deficiencias el resultado de la Inspección Técnica del Edificio será favorable.
Si tras la inspección de carácter visual se apreciaran daños o indicios de daños que supusieran un riesgo inminente para las personas que hubiera dentro o fuera del edificio (por ejemplo tejas a punto de caerse), te solicitaré que ejecuten inmediatamente todas las medidas preventivas y obras de reparación.
Las Inspecciones Técnicas de Edificios a falta de reparaciones se consideran como no favorables, y se establece un plazo para las obras de reparaciones. Dichas Inspecciones Técnicas se pueden presentar en el Ayuntamiento, pero pasado el plazo establecido para las reparaciones, el ayuntamiento obliga a que se ejecuten.
Para ejecutar las reparaciones, te hará falta solicitar una licencia de obras.



Cuando no se presentan en el plazo establecido.
Cuando no se presenta toda la documentación que solicite el Ayuntamiento.
Cuando no se realizan las obras de reparaciones de las deficiencias.
Cuando no se contesta a los requerimientos del Ayuntamiento.



De momento al Ayuntamiento de Zaratán no hay que pagar ninguna tasa.
Para darte un presupuesto de mis honorarios por hacer la ITE en Zaratán, me proporcionas los datos del edificio: el número viviendas, trasteros, garajes, locales, escaleras, ascensores y plantas, y describes las zonas comunes; cuantos más datos mejor. O me dices la dirección del edificio que será más sencillo.
Para solicitar un presupuesto de mis honorarios para hacer la ITE, haz click aquí.



Decreto 10/2013 de modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, publicado en el BOCYL de 13 de marzo de 2013, en archivo pdf y en la web del boletín oficial.
Decreto 6/2016, de modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, publicado en el BOCYL de 4 de marzo de 2016, en archivo pdf y en la web del boletín oficial.



ite zaratan acs acumuladores



SEGUIR LEYENDO ...»

12 abril 2011

Inspección Técnica de Edificio (ITE) en Tudela de Duero

ite tudela de duero ayuntamiento

La Inspección Técnica de Edificio en Tudela de Duero, popularmente conocida como la ITV del edificio ó simplemente ITE, está regulada por la Junta de Castilla y León. En los siguientes apartados se resumen los aspectos más relevantes para el cumplimiento de la ITE en Tudela de Duero.


Para solicitar un presupuesto de la ITE en Tudela de Duero, pulsa aquí.



ite tudela de duero

La ITE es obligatoria para todos los edificios, lo que se denomina como ITE Completa. Esto se debe a que Tudela de Duero tiene más de 5.000 habitantes y menos de 20.000, y además está incluido en el Área Funcional Estable formada por los municipios de Valladolid y Laguna de Duero junto con los municipios de su entorno metropolitano.
Todos los edificios: bloques de viviendas, viviendas unifamiliares, chalets, edificios de oficinas, edificios comerciales, hoteles, almacenes, naves, edificios industriales,…
Al ser obligatoria la ITE Completa, abarca a todos los edificios aunque estén en urbanizaciones, polígonos o en mitad del campo.
Los edificios que se hayan construido sin licencia también están obligados a presentar la ITE.



En este año 2020 tienen que presentar la ITE todos aquellos edificios que se acabaron de construir antes del año 1979.
Para los edificios de 1979, hay de plazo hasta el 31 de Diciembre de 2020.
Los edificios que sean anteriores a 1979 deberían de haber presentado ya la ITE.
Para comprobar la edad de tu edificio, haz click aquí para enlazar con la web del Catastro, en dónde figura el año de finalización de tu edificio.
Una vez realizada la inspección favorable, hasta dentro de diez años no hay que volver a realizarla.



Sólo pueden realizar la ITE de edificios de viviendas (bloques de pisos, viviendas unifamiliares y chalets) los Arquitectos y los Arquitectos Técnicos.
Dado que soy arquitecto, también puedo realizar la inspección técnica en todo tipo de edificios (comerciales, de oficinas, hoteles, almacenes, naves y edificios industriales).



Hay que inspeccionar visualmente todas las zonas comunes y partes del edificio que sean accesibles (portal, escaleras, tejado, cuartos de instalaciones,…).
Hay que revisar como mínimo el 50% de la planta baja del edificio (viviendas, locales comerciales, oficinas,…) .
Hay que revisar como mínimo el 50% de la planta que esté bajo el tejado (viviendas, oficinas, trasteros,…) .
Hay que revisar como mínimo el 50% de las plantas de sótanos (locales comerciales, almacenes, trasteros, garajes,…) .
Y del resto de las plantas, que no sean ni planta baja, ni planta bajo el tejado, ni plantas de sótanos, hay que revisar como mínimo el 50% (viviendas, locales comerciales, oficinas,…).
Todos los propietarios de viviendas, locales, oficinas, etc, tienen la obligación de permitir el acceso para la revisión.



Los propietarios del edifico en el que haya ascensor tienen que aportar a la ITE, el Informe de la Inspección Periódica de Ascensores que se realiza cada cuatro años. Si no la encuentras, te ayudo a buscarla.
Los propietarios de bloques de pisos en los que haya Gas, tienen que aportar a la ITE, el Certificado de Inspección Periódica de la instalación comunitaria del Gas. Si no la encuentrasn, te ayudo a solicitarla.
Los propietarios de viviendas unifamiliares y chalets que tengan gas, también tienen que aportar a la ITE, el Certificado de Inspección Periódica de la instalación de Gas, aunque tengan bombonas de gas. Si no lo tienes, te ayudo a que pidas oferta para su contratación.
Para los edificios que tengan una potencia eléctrica instalada superior a 100 kilowatios, los propietarios tienen que aportar un informe de un Organismo de Control Autorizado (OCA). Si no lo tienes, te ayudo a que pidas oferta para su contratación.



ite tudela de duero cubierta trampilla

El edificio y sus instalaciones, tendrán que cumplir con las normativas técnicas del año en que se construyeron o se realizaron.
Los comercios, oficinas, garajes, talleres, y actividades industriales, tendrán que respetar las normativas técnicas del año en que se concedió su licencia de actividad.



Durante la revisión del edificio, si detecto alguna deficiencia te la comentaré para que se repare. Y una vez reparadas las deficiencias el resultado de la Inspección Técnica del Edificio será favorable.
Si tras la inspección de carácter visual se apreciaran daños o indicios de daños que supusieran un riesgo inminente para las personas que hubiera dentro o fuera del edificio (por ejemplo tejas a punto de caerse), te solicitaré que ejecuten inmediatamente todas las medidas preventivas y obras de reparación.
Las Inspecciones Técnicas de Edificios a falta de reparaciones se consideran como no favorables, y se establece un plazo para las obras de reparaciones. Dichas Inspecciones Técnicas se pueden presentar en el Ayuntamiento, pero pasado el plazo establecido para las reparaciones, el ayuntamiento obliga a que se ejecuten.
Para ejecutar las reparaciones, te hará falta solicitar una licencia de obras.



Cuando no se presentan en el plazo establecido.
Cuando no se presenta toda la documentación que solicite el Ayuntamiento.
Cuando no se realizan las obras de reparaciones de las deficiencias.
Cuando no se contesta a los requerimientos del Ayuntamiento.



De momento al Ayuntamiento de Tudela de Duero no hay que pagar ninguna tasa.
Para darte un presupuesto de mis honorarios por hacer la ITE en Tudela de Duero, me proporcionas los datos del edificio: el número viviendas, trasteros, garajes, locales, escaleras, ascensores y plantas, y describes las zonas comunes; cuantos más datos mejor. O me dices la dirección del edificio que será más sencillo.
Para solicitar un presupuesto de mis honorarios para hacer la ITE, haz click aquí.



Decreto 10/2013 de modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, publicado en el BOCYL de 13 de marzo de 2013, en archivo pdf y en la web del boletín oficial.
Decreto 6/2016, de modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, publicado en el BOCYL de 4 de marzo de 2016, en archivo pdf y en la web del boletín oficial.



ite tudela de duero cubierta



SEGUIR LEYENDO ...»