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25 noviembre 2013

Mantenimiento de calderas de gas y biomasa y de energía solar

mantenimiento de calderas de gas y biomasa

MANTENIMIENTO DE CALDERAS DE AGUA CALIENTE SANITARIA, CALDERAS DE CALEFACCIÓN, CALDERAS DE GAS, CALDERAS DE BIOMASA, INSTALACIONES DE ENERGÍA SOLAR TÉRMICA E INSTALACIONES DE AIRE ACONDICIONADO

El sábado 13 de Abril de 2013, se publicaron en el BOE unas modificaciones del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) 2007, en las que se establecía el mantenimiento de calderas de agua caliente sanitaria, calderas de calefacción, calderas de biomasa, instalaciones de energía solar térmica e instalaciones de aire acondicionado. El nuevo mantenimiento se hizo de obligado cumplimiento a partir del domingo 14 de Abril de 2013.

El 5 de Septiembre de 2013, se publicaron en el BOE, unas correcciones a la mencionada publicación del BOE del 13 de Abril referentes sobre todo al mantenimiento, que las puedes descargar pinchando este link: mantenimento según RITE 2007.


PROGRAMA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO

Las instalaciones térmicas se tendrán que mantener de acuerdo con las operaciones y periodicidades contenidas en el programa de mantenimiento preventivo establecido en el “Manual de uso y mantenimiento” cuando este exista.

En todos los casos se tendrán en cuenta las especificaciones de los fabricantes de los equipos.

Las operaciones de mantenimiento se realizarán por empresas mantenedoras o profesionales mantenedores, homologados por las autonomías.


OPERACIONES DE MANTENIMIENTO Y SU PERIODICIDAD

Calentadores de agua caliente sanitaria a gas con Potencia Nominal igual o inferior a 24,4 kW: en viviendas cada 5 años y en el resto de usos cada 2 años.

Calentadores de agua caliente sanitaria a gas con Potencia Nominal superior a 24,4 kW e inferior o igual a 70 kW: en viviendas cada 2 años y en el resto de usos cada año.

Calderas murales a gas con Potencia Nominal igual o inferior a 70 kW: en viviendas cada 2 años y en el resto de usos cada año.

Resto instalaciones calefacción con Potencia Nominal igual o inferior a 70 kW: en viviendas cada año y en el resto de usos también cada año.

Aire acondicionado con Potencia Nominal igual o inferior a 12 kW: en viviendas cada 4 años y en el resto de usos cada 2 años.

Aire acondicionado con Potencia Nominal superior a 12 kW e inferior o igual a 70 kW: en viviendas cada 2 años y en el resto de usos cada año.

Instalaciones de Potencia superior a 70 kW: mensual.

En instalaciones de potencia útil nominal hasta 70 kW, con supervisión remota en continuo, la periodicidad se puede incrementar hasta 2 años, siempre que estén garantizadas las condiciones de seguridad y eficiencia energética.

Las calderas de biomasa se equipararán a las instalaciones de calefacción y de agua caliente sanitaria anteriormente descritas. A parte, habrá operaciones de mantenimiento cada seis meses y una inspección anual.

Las instalaciones de energía solar térmica tendrán una revisión anual para instalaciones con superficie de captación inferior a 20 m2 (aproximadamente menos de 10 placas solares) y una revisión cada seis meses para instalaciones con superficie de captación superior a 20 m2 (aproximadamente más de 10 placas solares).

Para instalaciones de Potencia útil Nominal menor o igual a 70 kW, cuando no exista ‘‘Manual de uso y mantenimiento’’, entonces las instalaciones se mantendrán de acuerdo con el criterio profesional de la empresa mantenedora.

Los informes de Mantenimiento de calderas, energía solar y aire acondicionado, se están verificando para la realización del Certificado energético en Castilla y León.


Entradas relacionadas:
▪ Nuevo reglamento de mantenimiento de ascensores 2013
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▪ NORMATIVA
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16 abril 2011

Inspección Técnica de Edificio (ITE) en Villamuriel de Cerrato

ite villamuriel de cerrato ayuntamiento

La Inspección Técnica de Edificio en Villamuriel de Cerrato, popularmente conocida como la ITV del edificio ó simplemente ITE, está regulada por la Junta de Castilla y León. En los siguientes apartados se resumen los aspectos más relevantes para el cumplimiento de la ITE en Villamuriel de Cerrato.


Para solicitar un presupuesto de la ITE en Villamuriel de Cerrato, pulsa aquí.



ite villamuriel de cerrato

■La ITE es obligatoria para todos los edificios, lo que se denomina como ITE Completa. Esto se debe a que Villamuriel de Cerrato tiene más de 5.000 habitantes y menos de 20.000, y además está incluido en el Área Funcional Estable formada por el municipio de Palencia junto con los municipios de su entorno metropolitano.
■Todos los edificios: bloques de viviendas, viviendas unifamiliares, chalets, edificios de oficinas, edificios comerciales, hoteles, almacenes, naves, edificios industriales,…
■Al ser obligatoria la ITE Completa, abarca a todos los edificios aunque estén en urbanizaciones, polígonos o en mitad del campo.
■Los edificios que se hayan construido sin licencia también están obligados a presentar la ITE.



■En este año 2020 tienen que presentar la ITE todos aquellos edificios que se acabaron de construir antes del año 1979.
■Para los edificios de 1979, hay de plazo hasta el 31 de Diciembre de 2020.
■Los edificios que sean anteriores a 1979 deberían de haber presentado ya la ITE.
■Para comprobar la edad de tu edificio, haz click aquí para enlazar con la web del Catastro, en dónde figura el año de finalización de tu edificio.
■Una vez realizada la inspección favorable, hasta dentro de diez años no hay que volver a realizarla.



■Sólo pueden realizar la ITE de edificios de viviendas (bloques de pisos, viviendas unifamiliares y chalets) los Arquitectos y los Arquitectos Técnicos.
■Dado que soy arquitecto, también puedo realizar la inspección técnica en todo tipo de edificios (comerciales, de oficinas, hoteles, almacenes, naves y edificios industriales).



■Hay que inspeccionar visualmente todas las zonas comunes y partes del edificio que sean accesibles (portal, escaleras, tejado, cuartos de instalaciones,…).
■Hay que revisar como mínimo el 50% de la planta baja del edificio (viviendas, locales comerciales, oficinas,…) .
■Hay que revisar como mínimo el 50% de la planta que esté bajo el tejado (viviendas, oficinas, trasteros,…) .
■Hay que revisar como mínimo el 50% de las plantas de sótanos (locales comerciales, almacenes, trasteros, garajes,…) .
■Y del resto de las plantas, que no sean ni planta baja, ni planta bajo el tejado, ni plantas de sótanos, hay que revisar como mínimo el 50% (viviendas, locales comerciales, oficinas,…).
■Todos los propietarios de viviendas, locales, oficinas, etc, tienen la obligación de permitir el acceso para la revisión.



■Los propietarios del edifico en el que haya ascensor tienen que aportar a la ITE, el Informe de la Inspección Periódica de Ascensores que se realiza cada cuatro años. Si no la encuentras, te ayudo a buscarla.
■Los propietarios de bloques de pisos en los que haya Gas, tienen que aportar a la ITE, el Certificado de Inspección Periódica de la instalación comunitaria del Gas. Si no la encuentrasn, te ayudo a solicitarla.
■Los propietarios de viviendas unifamiliares y chalets que tengan gas, también tienen que aportar a la ITE, el Certificado de Inspección Periódica de la instalación de Gas, aunque tengan bombonas de gas. Si no lo tienes, te ayudo a que pidas oferta para su contratación.
■Para los edificios que tengan una potencia eléctrica instalada superior a 100 kilowatios, los propietarios tienen que aportar un informe de un Organismo de Control Autorizado (OCA). Si no lo tienes, te ayudo a que pidas oferta para su contratación.



ite villamuriel de cerrato electricidad contador

■El edificio y sus instalaciones, tendrán que cumplir con las normativas técnicas del año en que se construyeron o se realizaron.
■Los comercios, oficinas, garajes, talleres, y actividades industriales, tendrán que respetar las normativas técnicas del año en que se concedió su licencia de actividad.



■Durante la revisión del edificio, si detecto alguna deficiencia te la comentaré para que se repare. Y una vez reparadas las deficiencias el resultado de la Inspección Técnica del Edificio será favorable.
■Si tras la inspección de carácter visual se apreciaran daños o indicios de daños que supusieran un riesgo inminente para las personas que hubiera dentro o fuera del edificio (por ejemplo tejas a punto de caerse), te solicitaré que ejecuten inmediatamente todas las medidas preventivas y obras de reparación.
■Las Inspecciones Técnicas de Edificios a falta de reparaciones se consideran como no favorables, y se establece un plazo para las obras de reparaciones. Dichas Inspecciones Técnicas se pueden presentar en el Ayuntamiento, pero pasado el plazo establecido para las reparaciones, el ayuntamiento obliga a que se ejecuten.
■Para ejecutar las reparaciones, te hará falta solicitar una licencia de obras.



■Cuando no se presentan en el plazo establecido.
■Cuando no se presenta toda la documentación que solicite el Ayuntamiento.
■Cuando no se realizan las obras de reparaciones de las deficiencias.
■Cuando no se contesta a los requerimientos del Ayuntamiento.



■De momento al Ayuntamiento de Villamuriel de Cerrato no hay que pagar ninguna tasa.
■Para darte un presupuesto de mis honorarios por hacer la ITE en Villamuriel de Cerrato, me proporcionas los datos del edificio: el número viviendas, trasteros, garajes, locales, escaleras, ascensores y plantas, y describes las zonas comunes; cuantos más datos mejor. O me dices la dirección del edificio que será más sencillo.
■Para solicitar un presupuesto de mis honorarios para hacer la ITE, haz click aquí.



■Decreto 10/2013 de modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, publicado en el BOCYL de 13 de marzo de 2013, en archivo pdf y en la web del boletín oficial.
■Decreto 6/2016, de modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, publicado en el BOCYL de 4 de marzo de 2016, en archivo pdf y en la web del boletín oficial.



ite municipios provincia de palencia



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15 abril 2011

Inspección Técnica de Edificio (ITE) en Venta de Baños

ite venta de baños ayuntamiento

La Inspección Técnica de Edificio en Venta de Baños, popularmente conocida como la ITV del edificio ó simplemente ITE, está regulada por la Junta de Castilla y León. En los siguientes apartados se resumen los aspectos más relevantes para el cumplimiento de la ITE en Venta de Baños.


Para solicitar un presupuesto de la ITE en Venta de Baños, pulsa aquí.



ite venta de baños cubierta

■La ITE es obligatoria para todos los edificios, lo que se denomina como ITE Completa. Esto se debe a que Venta de Baños tiene más de 5.000 habitantes y menos de 20.000, y además está incluido en el Área Funcional Estable formada por el municipio de Palencia junto con los municipios de su entorno metropolitano.
■Todos los edificios: bloques de viviendas, viviendas unifamiliares, chalets, edificios de oficinas, edificios comerciales, hoteles, almacenes, naves, edificios industriales,…
■Al ser obligatoria la ITE Completa, abarca a todos los edificios aunque estén en urbanizaciones, polígonos o en mitad del campo.
■Los edificios que se hayan construido sin licencia también están obligados a presentar la ITE.



■En este año 2020 tienen que presentar la ITE todos aquellos edificios que se acabaron de construir antes del año 1979.
■Para los edificios de 1979, hay de plazo hasta el 31 de Diciembre de 2020.
■Los edificios que sean anteriores a 1979 deberían de haber presentado ya la ITE.
■Para comprobar la edad de tu edificio, haz click aquí para enlazar con la web del Catastro, en dónde figura el año de finalización de tu edificio.
■Una vez realizada la inspección favorable, hasta dentro de diez años no hay que volver a realizarla.



■Sólo pueden realizar la ITE de edificios de viviendas (bloques de pisos, viviendas unifamiliares y chalets) los Arquitectos y los Arquitectos Técnicos.
■Dado que soy arquitecto, también puedo realizar la inspección técnica en todo tipo de edificios (comerciales, de oficinas, hoteles, almacenes, naves y edificios industriales).



■Hay que inspeccionar visualmente todas las zonas comunes y partes del edificio que sean accesibles (portal, escaleras, tejado, cuartos de instalaciones,…).
■Hay que revisar como mínimo el 50% de la planta baja del edificio (viviendas, locales comerciales, oficinas,…) .
■Hay que revisar como mínimo el 50% de la planta que esté bajo el tejado (viviendas, oficinas, trasteros,…) .
■Hay que revisar como mínimo el 50% de las plantas de sótanos (locales comerciales, almacenes, trasteros, garajes,…) .
■Y del resto de las plantas, que no sean ni planta baja, ni planta bajo el tejado, ni plantas de sótanos, hay que revisar como mínimo el 50% (viviendas, locales comerciales, oficinas,…).
■Todos los propietarios de viviendas, locales, oficinas, etc, tienen la obligación de permitir el acceso para la revisión.



■Los propietarios del edifico en el que haya ascensor tienen que aportar a la ITE, el Informe de la Inspección Periódica de Ascensores que se realiza cada cuatro años. Si no la encuentras, te ayudo a buscarla.
■Los propietarios de bloques de pisos en los que haya Gas, tienen que aportar a la ITE, el Certificado de Inspección Periódica de la instalación comunitaria del Gas. Si no la encuentrasn, te ayudo a solicitarla.
■Los propietarios de viviendas unifamiliares y chalets que tengan gas, también tienen que aportar a la ITE, el Certificado de Inspección Periódica de la instalación de Gas, aunque tengan bombonas de gas. Si no lo tienes, te ayudo a que pidas oferta para su contratación.
■Para los edificios que tengan una potencia eléctrica instalada superior a 100 kilowatios, los propietarios tienen que aportar un informe de un Organismo de Control Autorizado (OCA). Si no lo tienes, te ayudo a que pidas oferta para su contratación.



ite venta de baños agua contador

■El edificio y sus instalaciones, tendrán que cumplir con las normativas técnicas del año en que se construyeron o se realizaron.
■Los comercios, oficinas, garajes, talleres, y actividades industriales, tendrán que respetar las normativas técnicas del año en que se concedió su licencia de actividad.



■Durante la revisión del edificio, si detecto alguna deficiencia te la comentaré para que se repare. Y una vez reparadas las deficiencias el resultado de la Inspección Técnica del Edificio será favorable.
■Si tras la inspección de carácter visual se apreciaran daños o indicios de daños que supusieran un riesgo inminente para las personas que hubiera dentro o fuera del edificio (por ejemplo tejas a punto de caerse), te solicitaré que ejecuten inmediatamente todas las medidas preventivas y obras de reparación.
■Las Inspecciones Técnicas de Edificios a falta de reparaciones se consideran como no favorables, y se establece un plazo para las obras de reparaciones. Dichas Inspecciones Técnicas se pueden presentar en el Ayuntamiento, pero pasado el plazo establecido para las reparaciones, el ayuntamiento obliga a que se ejecuten.
■Para ejecutar las reparaciones, te hará falta solicitar una licencia de obras.



■Cuando no se presentan en el plazo establecido.
■Cuando no se presenta toda la documentación que solicite el Ayuntamiento.
■Cuando no se realizan las obras de reparaciones de las deficiencias.
■Cuando no se contesta a los requerimientos del Ayuntamiento.



■De momento al Ayuntamiento de Venta de Baños no hay que pagar ninguna tasa.
■Para darte un presupuesto de mis honorarios por hacer la ITE en Venta de Baños, me proporcionas los datos del edificio: el número viviendas, trasteros, garajes, locales, escaleras, ascensores y plantas, y describes las zonas comunes; cuantos más datos mejor. O me dices la dirección del edificio que será más sencillo.
■Para solicitar un presupuesto de mis honorarios para hacer la ITE, haz click aquí.



■Decreto 10/2013 de modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, publicado en el BOCYL de 13 de marzo de 2013, en archivo pdf y en la web del boletín oficial.
■Decreto 6/2016, de modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, publicado en el BOCYL de 4 de marzo de 2016, en archivo pdf y en la web del boletín oficial.



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13 abril 2011

Inspección Técnica de Edificio (ITE) en Zaratán

ite zaratan ayuntamiento

La Inspección Técnica de Edificio en Zaratán, popularmente conocida como la ITV del edificio ó simplemente ITE, está regulada por la Junta de Castilla y León. En los siguientes apartados se resumen los aspectos más relevantes para el cumplimiento de la ITE en Zaratán.


Para solicitar un presupuesto de la ITE en Zaratán, pulsa aquí.



ite zaratan cubierta canalon

■La ITE es obligatoria para todos los edificios, lo que se denomina como ITE Completa. Esto se debe a que Zaratán tiene más de 5.000 habitantes y menos de 20.000, y además está incluido en el Área Funcional Estable formada por los municipios de Valladolid y Laguna de Duero junto con los municipios de su entorno metropolitano.
■Todos los edificios: bloques de viviendas, viviendas unifamiliares, chalets, edificios de oficinas, edificios comerciales, hoteles, almacenes, naves, edificios industriales,…
■Al ser obligatoria la ITE Completa, abarca a todos los edificios aunque estén en urbanizaciones, polígonos o en mitad del campo.
■Los edificios que se hayan construido sin licencia también están obligados a presentar la ITE.



■En este año 2020 tienen que presentar la ITE todos aquellos edificios que se acabaron de construir antes del año 1979.
■Para los edificios de 1979, hay de plazo hasta el 31 de Diciembre de 2020.
■Los edificios que sean anteriores a 1979 deberían de haber presentado ya la ITE.
■Para comprobar la edad de tu edificio, haz click aquí para enlazar con la web del Catastro, en dónde figura el año de finalización de tu edificio.
■Una vez realizada la inspección favorable, hasta dentro de diez años no hay que volver a realizarla.



■Sólo pueden realizar la ITE de edificios de viviendas (bloques de pisos, viviendas unifamiliares y chalets) los Arquitectos y los Arquitectos Técnicos.
■Dado que soy arquitecto, también puedo realizar la inspección técnica en todo tipo de edificios (comerciales, de oficinas, hoteles, almacenes, naves y edificios industriales).



■Hay que inspeccionar visualmente todas las zonas comunes y partes del edificio que sean accesibles (portal, escaleras, tejado, cuartos de instalaciones,…).
■Hay que revisar como mínimo el 50% de la planta baja del edificio (viviendas, locales comerciales, oficinas,…) .
■Hay que revisar como mínimo el 50% de la planta que esté bajo el tejado (viviendas, oficinas, trasteros,…) .
■Hay que revisar como mínimo el 50% de las plantas de sótanos (locales comerciales, almacenes, trasteros, garajes,…) .
■Y del resto de las plantas, que no sean ni planta baja, ni planta bajo el tejado, ni plantas de sótanos, hay que revisar como mínimo el 50% (viviendas, locales comerciales, oficinas,…).
■Todos los propietarios de viviendas, locales, oficinas, etc, tienen la obligación de permitir el acceso para la revisión.



■Los propietarios del edifico en el que haya ascensor tienen que aportar a la ITE, el Informe de la Inspección Periódica de Ascensores que se realiza cada cuatro años. Si no la encuentras, te ayudo a buscarla.
■Los propietarios de bloques de pisos en los que haya Gas, tienen que aportar a la ITE, el Certificado de Inspección Periódica de la instalación comunitaria del Gas. Si no la encuentrasn, te ayudo a solicitarla.
■Los propietarios de viviendas unifamiliares y chalets que tengan gas, también tienen que aportar a la ITE, el Certificado de Inspección Periódica de la instalación de Gas, aunque tengan bombonas de gas. Si no lo tienes, te ayudo a que pidas oferta para su contratación.
■Para los edificios que tengan una potencia eléctrica instalada superior a 100 kilowatios, los propietarios tienen que aportar un informe de un Organismo de Control Autorizado (OCA). Si no lo tienes, te ayudo a que pidas oferta para su contratación.



ite zaratan agua contadores

■El edificio y sus instalaciones, tendrán que cumplir con las normativas técnicas del año en que se construyeron o se realizaron.
■Los comercios, oficinas, garajes, talleres, y actividades industriales, tendrán que respetar las normativas técnicas del año en que se concedió su licencia de actividad.



■Durante la revisión del edificio, si detecto alguna deficiencia te la comentaré para que se repare. Y una vez reparadas las deficiencias el resultado de la Inspección Técnica del Edificio será favorable.
■Si tras la inspección de carácter visual se apreciaran daños o indicios de daños que supusieran un riesgo inminente para las personas que hubiera dentro o fuera del edificio (por ejemplo tejas a punto de caerse), te solicitaré que ejecuten inmediatamente todas las medidas preventivas y obras de reparación.
■Las Inspecciones Técnicas de Edificios a falta de reparaciones se consideran como no favorables, y se establece un plazo para las obras de reparaciones. Dichas Inspecciones Técnicas se pueden presentar en el Ayuntamiento, pero pasado el plazo establecido para las reparaciones, el ayuntamiento obliga a que se ejecuten.
■Para ejecutar las reparaciones, te hará falta solicitar una licencia de obras.



■Cuando no se presentan en el plazo establecido.
■Cuando no se presenta toda la documentación que solicite el Ayuntamiento.
■Cuando no se realizan las obras de reparaciones de las deficiencias.
■Cuando no se contesta a los requerimientos del Ayuntamiento.



■De momento al Ayuntamiento de Zaratán no hay que pagar ninguna tasa.
■Para darte un presupuesto de mis honorarios por hacer la ITE en Zaratán, me proporcionas los datos del edificio: el número viviendas, trasteros, garajes, locales, escaleras, ascensores y plantas, y describes las zonas comunes; cuantos más datos mejor. O me dices la dirección del edificio que será más sencillo.
■Para solicitar un presupuesto de mis honorarios para hacer la ITE, haz click aquí.



■Decreto 10/2013 de modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, publicado en el BOCYL de 13 de marzo de 2013, en archivo pdf y en la web del boletín oficial.
■Decreto 6/2016, de modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, publicado en el BOCYL de 4 de marzo de 2016, en archivo pdf y en la web del boletín oficial.



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12 abril 2011

Inspección Técnica de Edificio (ITE) en Tudela de Duero

ite tudela de duero ayuntamiento

La Inspección Técnica de Edificio en Tudela de Duero, popularmente conocida como la ITV del edificio ó simplemente ITE, está regulada por la Junta de Castilla y León. En los siguientes apartados se resumen los aspectos más relevantes para el cumplimiento de la ITE en Tudela de Duero.


Para solicitar un presupuesto de la ITE en Tudela de Duero, pulsa aquí.



ite tudela de duero

■La ITE es obligatoria para todos los edificios, lo que se denomina como ITE Completa. Esto se debe a que Tudela de Duero tiene más de 5.000 habitantes y menos de 20.000, y además está incluido en el Área Funcional Estable formada por los municipios de Valladolid y Laguna de Duero junto con los municipios de su entorno metropolitano.
■Todos los edificios: bloques de viviendas, viviendas unifamiliares, chalets, edificios de oficinas, edificios comerciales, hoteles, almacenes, naves, edificios industriales,…
■Al ser obligatoria la ITE Completa, abarca a todos los edificios aunque estén en urbanizaciones, polígonos o en mitad del campo.
■Los edificios que se hayan construido sin licencia también están obligados a presentar la ITE.



■En este año 2020 tienen que presentar la ITE todos aquellos edificios que se acabaron de construir antes del año 1979.
■Para los edificios de 1979, hay de plazo hasta el 31 de Diciembre de 2020.
■Los edificios que sean anteriores a 1979 deberían de haber presentado ya la ITE.
■Para comprobar la edad de tu edificio, haz click aquí para enlazar con la web del Catastro, en dónde figura el año de finalización de tu edificio.
■Una vez realizada la inspección favorable, hasta dentro de diez años no hay que volver a realizarla.



■Sólo pueden realizar la ITE de edificios de viviendas (bloques de pisos, viviendas unifamiliares y chalets) los Arquitectos y los Arquitectos Técnicos.
■Dado que soy arquitecto, también puedo realizar la inspección técnica en todo tipo de edificios (comerciales, de oficinas, hoteles, almacenes, naves y edificios industriales).



■Hay que inspeccionar visualmente todas las zonas comunes y partes del edificio que sean accesibles (portal, escaleras, tejado, cuartos de instalaciones,…).
■Hay que revisar como mínimo el 50% de la planta baja del edificio (viviendas, locales comerciales, oficinas,…) .
■Hay que revisar como mínimo el 50% de la planta que esté bajo el tejado (viviendas, oficinas, trasteros,…) .
■Hay que revisar como mínimo el 50% de las plantas de sótanos (locales comerciales, almacenes, trasteros, garajes,…) .
■Y del resto de las plantas, que no sean ni planta baja, ni planta bajo el tejado, ni plantas de sótanos, hay que revisar como mínimo el 50% (viviendas, locales comerciales, oficinas,…).
■Todos los propietarios de viviendas, locales, oficinas, etc, tienen la obligación de permitir el acceso para la revisión.



■Los propietarios del edifico en el que haya ascensor tienen que aportar a la ITE, el Informe de la Inspección Periódica de Ascensores que se realiza cada cuatro años. Si no la encuentras, te ayudo a buscarla.
■Los propietarios de bloques de pisos en los que haya Gas, tienen que aportar a la ITE, el Certificado de Inspección Periódica de la instalación comunitaria del Gas. Si no la encuentrasn, te ayudo a solicitarla.
■Los propietarios de viviendas unifamiliares y chalets que tengan gas, también tienen que aportar a la ITE, el Certificado de Inspección Periódica de la instalación de Gas, aunque tengan bombonas de gas. Si no lo tienes, te ayudo a que pidas oferta para su contratación.
■Para los edificios que tengan una potencia eléctrica instalada superior a 100 kilowatios, los propietarios tienen que aportar un informe de un Organismo de Control Autorizado (OCA). Si no lo tienes, te ayudo a que pidas oferta para su contratación.



ite tudela de duero cubierta trampilla

■El edificio y sus instalaciones, tendrán que cumplir con las normativas técnicas del año en que se construyeron o se realizaron.
■Los comercios, oficinas, garajes, talleres, y actividades industriales, tendrán que respetar las normativas técnicas del año en que se concedió su licencia de actividad.



■Durante la revisión del edificio, si detecto alguna deficiencia te la comentaré para que se repare. Y una vez reparadas las deficiencias el resultado de la Inspección Técnica del Edificio será favorable.
■Si tras la inspección de carácter visual se apreciaran daños o indicios de daños que supusieran un riesgo inminente para las personas que hubiera dentro o fuera del edificio (por ejemplo tejas a punto de caerse), te solicitaré que ejecuten inmediatamente todas las medidas preventivas y obras de reparación.
■Las Inspecciones Técnicas de Edificios a falta de reparaciones se consideran como no favorables, y se establece un plazo para las obras de reparaciones. Dichas Inspecciones Técnicas se pueden presentar en el Ayuntamiento, pero pasado el plazo establecido para las reparaciones, el ayuntamiento obliga a que se ejecuten.
■Para ejecutar las reparaciones, te hará falta solicitar una licencia de obras.



■Cuando no se presentan en el plazo establecido.
■Cuando no se presenta toda la documentación que solicite el Ayuntamiento.
■Cuando no se realizan las obras de reparaciones de las deficiencias.
■Cuando no se contesta a los requerimientos del Ayuntamiento.



■De momento al Ayuntamiento de Tudela de Duero no hay que pagar ninguna tasa.
■Para darte un presupuesto de mis honorarios por hacer la ITE en Tudela de Duero, me proporcionas los datos del edificio: el número viviendas, trasteros, garajes, locales, escaleras, ascensores y plantas, y describes las zonas comunes; cuantos más datos mejor. O me dices la dirección del edificio que será más sencillo.
■Para solicitar un presupuesto de mis honorarios para hacer la ITE, haz click aquí.



■Decreto 10/2013 de modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, publicado en el BOCYL de 13 de marzo de 2013, en archivo pdf y en la web del boletín oficial.
■Decreto 6/2016, de modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, publicado en el BOCYL de 4 de marzo de 2016, en archivo pdf y en la web del boletín oficial.



ite tudela de duero cubierta



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11 abril 2011

Inspección Técnica de Edificio (ITE) en Simancas

ite simancas ayuntamiento

La Inspección Técnica de Edificio en Simancas, popularmente conocida como la ITV del edificio ó simplemente ITE, está regulada por la Junta de Castilla y León. En los siguientes apartados se resumen los aspectos más relevantes para el cumplimiento de la ITE en Simancas.


Para solicitar un presupuesto de la ITE en Simancas, pulsa aquí.



ite simancas electricidad contadores

■La ITE es obligatoria para todos los edificios, lo que se denomina como ITE Completa. Esto se debe a que Simancas tiene más de 5.000 habitantes y menos de 20.000, y además está incluido en el Área Funcional Estable formada por los municipios de Valladolid y Laguna de Duero junto con los municipios de su entorno metropolitano.
■Todos los edificios: bloques de viviendas, viviendas unifamiliares, chalets, edificios de oficinas, edificios comerciales, hoteles, almacenes, naves, edificios industriales,…
■Al ser obligatoria la ITE Completa, abarca a todos los edificios aunque estén en urbanizaciones, polígonos o en mitad del campo.
■Los edificios que se hayan construido sin licencia también están obligados a presentar la ITE.



■En este año 2020 tienen que presentar la ITE todos aquellos edificios que se acabaron de construir antes del año 1979.
■Para los edificios de 1979, hay de plazo hasta el 31 de Diciembre de 2020.
■Los edificios que sean anteriores a 1979 deberían de haber presentado ya la ITE.
■Para comprobar la edad de tu edificio, haz click aquí para enlazar con la web del Catastro, en dónde figura el año de finalización de tu edificio.
■Una vez realizada la inspección favorable, hasta dentro de diez años no hay que volver a realizarla.



■Sólo pueden realizar la ITE de edificios de viviendas (bloques de pisos, viviendas unifamiliares y chalets) los Arquitectos y los Arquitectos Técnicos.
■Dado que soy arquitecto, también puedo realizar la inspección técnica en todo tipo de edificios (comerciales, de oficinas, hoteles, almacenes, naves y edificios industriales).



■Hay que inspeccionar visualmente todas las zonas comunes y partes del edificio que sean accesibles (portal, escaleras, tejado, cuartos de instalaciones,…).
■Hay que revisar como mínimo el 50% de la planta baja del edificio (viviendas, locales comerciales, oficinas,…) .
■Hay que revisar como mínimo el 50% de la planta que esté bajo el tejado (viviendas, oficinas, trasteros,…) .
■Hay que revisar como mínimo el 50% de las plantas de sótanos (locales comerciales, almacenes, trasteros, garajes,…) .
■Y del resto de las plantas, que no sean ni planta baja, ni planta bajo el tejado, ni plantas de sótanos, hay que revisar como mínimo el 50% (viviendas, locales comerciales, oficinas,…).
■Todos los propietarios de viviendas, locales, oficinas, etc, tienen la obligación de permitir el acceso para la revisión.



■Los propietarios del edifico en el que haya ascensor tienen que aportar a la ITE, el Informe de la Inspección Periódica de Ascensores que se realiza cada cuatro años. Si no la encuentras, te ayudo a buscarla.
■Los propietarios de bloques de pisos en los que haya Gas, tienen que aportar a la ITE, el Certificado de Inspección Periódica de la instalación comunitaria del Gas. Si no la encuentrasn, te ayudo a solicitarla.
■Los propietarios de viviendas unifamiliares y chalets que tengan gas, también tienen que aportar a la ITE, el Certificado de Inspección Periódica de la instalación de Gas, aunque tengan bombonas de gas. Si no lo tienes, te ayudo a que pidas oferta para su contratación.
■Para los edificios que tengan una potencia eléctrica instalada superior a 100 kilowatios, los propietarios tienen que aportar un informe de un Organismo de Control Autorizado (OCA). Si no lo tienes, te ayudo a que pidas oferta para su contratación.



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■El edificio y sus instalaciones, tendrán que cumplir con las normativas técnicas del año en que se construyeron o se realizaron.
■Los comercios, oficinas, garajes, talleres, y actividades industriales, tendrán que respetar las normativas técnicas del año en que se concedió su licencia de actividad.



■Durante la revisión del edificio, si detecto alguna deficiencia te la comentaré para que se repare. Y una vez reparadas las deficiencias el resultado de la Inspección Técnica del Edificio será favorable.
■Si tras la inspección de carácter visual se apreciaran daños o indicios de daños que supusieran un riesgo inminente para las personas que hubiera dentro o fuera del edificio (por ejemplo tejas a punto de caerse), te solicitaré que ejecuten inmediatamente todas las medidas preventivas y obras de reparación.
■Las Inspecciones Técnicas de Edificios a falta de reparaciones se consideran como no favorables, y se establece un plazo para las obras de reparaciones. Dichas Inspecciones Técnicas se pueden presentar en el Ayuntamiento, pero pasado el plazo establecido para las reparaciones, el ayuntamiento obliga a que se ejecuten.
■Para ejecutar las reparaciones, te hará falta solicitar una licencia de obras.



■Cuando no se presentan en el plazo establecido.
■Cuando no se presenta toda la documentación que solicite el Ayuntamiento.
■Cuando no se realizan las obras de reparaciones de las deficiencias.
■Cuando no se contesta a los requerimientos del Ayuntamiento.



■De momento al Ayuntamiento de Simancas no hay que pagar ninguna tasa.
■Para darte un presupuesto de mis honorarios por hacer la ITE en Simancas, me proporcionas los datos del edificio: el número viviendas, trasteros, garajes, locales, escaleras, ascensores y plantas, y describes las zonas comunes; cuantos más datos mejor. O me dices la dirección del edificio que será más sencillo.
■Para solicitar un presupuesto de mis honorarios para hacer la ITE, haz click aquí.



■Decreto 10/2013 de modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, publicado en el BOCYL de 13 de marzo de 2013, en archivo pdf y en la web del boletín oficial.
■Decreto 6/2016, de modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, publicado en el BOCYL de 4 de marzo de 2016, en archivo pdf y en la web del boletín oficial.



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