31 marzo 2014

Inspección de instalación de electricidad en edificio de viviendas

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La Dirección General de Industria e Innovación Tecnológica perteneciente a la Consejería de Economía y Empleo de la Junta de Castilla y León, considera que deberán realizar la inspección periódica de las instalaciones eléctricas comunes los edificios de viviendas que dispongan de 20 ó más contadores. Pero si se calcula la potencia instalada, hay edificios con más de 20 contadores que no tienen que pasar la inspección. A los contadores se les denomina también como suministros.

El pasado 20 de Enero de 2014 se publicaron en el BOCYL, los protocolos para las inspecciones periódicas reglamentarias de las instalaciones de electricidad en baja tensión en los edificios de viviendas. En el Anexo I, figura textualmente:

“Se considera que deberán realizar la inspección periódica de las instalaciones eléctricas comunes cada diez años los edificios destinados a viviendas que dispongan de 20 ó más suministros, y en todo caso, cuando disponiéndose del dato de la potencia total instalada del edificio, ésta sea superior a 100 kW.”

En el caso de un edificio construido a partir del año 2003, compuesto por 19 viviendas de menos de 80 m2 útiles, zonas comunes con un ascensor, un grupo de presión de agua, instalación de telecomunicaciones, 19 trasteros y 19 plazas de garaje, la potencia total instalada del edificio sería aproximadamente de 104 kW, superior a 100 kW. Este edificio tendría 19 contadores para las viviendas y 1 contador para las zonas comunes, en total 20 contadores o suministros.

Pero en el caso de un edificio construido entre 1973 y 2003, compuesto por 19 viviendas de menos de 80 m2 útiles, zonas comunes con un ascensor, un grupo de presión de agua, instalación de telecomunicaciones, 19 trasteros y 19 plazas de garaje, la potencia total instalada del edificio sería aproximadamente de 55 kW, inferior a 100 kW. Este otro edificio tendría igualmente 19 contadores para las viviendas y 1 contador para las zonas comunes, en total 20 contadores o suministros. En este caso la potencia total instalada está calculada en base al Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión de 1973.

El Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión 2002 (REBT 2002) que entró en vigencia el 18 de septiembre de 2003, obligaba a realizar una inspección periódica cada diez años a las instalaciones eléctricas comunes de edificios de viviendas de potencia total instalada superior a 100 kW (kilo Watios). Los edificios de viviendas con instalaciones anteriores al 2003 que tuvieran más de 100 kW, también debían pasar dicha inspección.

Ha existido cierta desidia por parte de las autonomías en hacer cumplir la normativa del REBT 2002, e incluso no se han puesto de acuerdo las autonomías en la interpretación del REBT 2002. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid se considera que deberán realizar la inspección periódica de las instalaciones eléctricas comunes, los edificios de viviendas que tengan 25 o más suministros de viviendas.

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La Dirección General de Industria e Innovación Tecnológica, para garantizar la seguridad y el buen funcionamiento de las instalaciones, publicó también en el BOCYL del 20 de Enero, un listado con los defectos que en caso de existir y no poder corregirse obligarían a actualizar la instalación común de electricidad.

Si pinchas aquí, abres la web del BOCYL del 20 de Enero de 2014, con la Resolución de 26 de diciembre de 2013, referente a los protocolos para la realización de inspecciones periódicas reglamentarias de las instalaciones eléctricas de baja tensión comunitarias en edificios de viviendas. No es un pdf.
Si pinchas aquí, abres la web del BOCYL con la Orden EYE/236/2005, que regula el régimen de inspecciones periódicas de las instalaciones eléctricas de baja tensión existentes. No es un pdf.
Si pinchas aquí abres la web del BOE con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión 2002 (REBT 2002). No es un pdf.


En el municipio de Valladolid, las obras para la centralización de contadores de electricidad es considerada como una obra mayor, y hay que presentar para la solicitud de la licencia de obras un proyecto de arquitecto, con dirección de obra, estudio básico y coordinación de seguridad y salud. En este caso me puedes pedir presupuesto pinchando aquí. Es aconsejable aprovechar el proyecto y la licencia, para incluir la accesibilidad en el portal si no fuera accesible.


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3 comentarios:

  1. Hola.
    Este tema es interesante porque hace poco me he encontrado en mi edificio con la discusión de si hay o no hay que hacer la inspección de electricidad.
    Entonces para saber la potencia total de mi edificio, ¿tengo que sumar todas las potencias de cada vecino?. Y para ello, ¿sumaría la potencia total que viene en cada factura?. Un poco de lío ¿No?

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    Respuestas
    1. Hola Felipe, por partes:

      1) Si en tu edificio se construyó a partir de 2003, busca en la documentación del libro del edificio la potencia instalada en el informe del Organismo de Control Autorizado (OCA), en los boletines del instalador autorizado correspondientes a la instalación de electricidad (baja tensión) o en el proyecto del ingeniero/ingeniero técnico o en el proyecto del arquitecto.
      2) Si en tu edificio se realizó alguna reforma en la instalación de electricidad a partir de 2003, como por ejemplo un ascensor, de nuevo busca en el informe del OCA, en los boletines del instalador autorizado correspondientes a la instalación de electricidad (baja tensión) o en el proyecto del ingeniero/ingeniero técnico o en la memoria técnica del instalador.
      3) Si no encuentras el informe del OCA, o los boletines o el proyecto del ingeniero/ingeniero técnico, solicita en la Servicio Territorial de Industria de la Junta de Castilla y León, la documentación de la instalación de baja tensión de tu edificio.
      4) Si tu edificio se construyó entre 1973 y 2003 y en el Servicio Territorial de Industria no hay ninguna documentación o la potencia instalada no consta, entonces si te atreves, como un cálculo aproximado:

      1º/ Suma todas las potencias de las zonas comunes: ascensor, grupo de presión, portero automático, antenas, bombillas, fluorescentes, luces de emergencia, motor de la puerta del garaje, extractor de humos, y centralita de detección de humos. Te dará una cantidad A en kW (kilo Watios).
      2º/ Suponiendo que los pisos tengan menos de 80 m2 útiles, suma las potencias contratadas reales de todos los pisos. Te dará una cantidad que la multiplicas por 0,6 si hay entre 15 y 25 pisos, o por 0,5 si hay más de 25 pisos. Te dará una cantidad B en kW.
      3º/ Si al sumar (A + B) > 100 kW entonces tienes que pasar la inspección y abre el enlace de la Orden EYE/235/2005.
      4º/ Pero si al sumar (A + B) < 100 kW, te recomiendo que contratéis a un instalador autorizado que haga mantenimiento de instalaciones de electricidad en edificios de viviendas, para que os revise la instalación y os haga propuestas para consumir menos electricidad en las zonas comunes.

      Si tenéis que cambiar la instalación y centralizar los contadores, cuenta conmigo para darte un presupuesto del proyecto de arquitecto, dirección de obra, y estudio básico y coordinación de seguridad.

      Espero haberte aclarado.

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    2. Muchas gracias, parece mucha información pero es excelente y me pones sobre la pista para poder calcularlo y justificarlo adecuadamente.
      Ahora ya se por donde moverme.
      Si hacemos cambios en la instalación eléctrica de la comunidad, contamos contigo.

      Un saludo
      Felipe Andrés

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