11 junio 2012

Deducción de IRPF por obras de reparación y mejora en vivienda en Castilla y León

Deduccion de IRPF por obras de reparacion y mejora en vivienda habitual

En la Ley 1/2012 de Castilla y León, de 28 de febrero, de “Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras", en la Disposición transitoria segunda figura una deducción sobre la cuota íntegra autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por inversión en obras de reparación y mejora en vivienda habitual.


OBRAS DE REPARACIÓN Y MEJORA DEDUCIBLES

Se puede deducir en la cuota íntegra autonómica del IRPF el 15 por 100 de las cantidades que se paguen en los años 2011 y 2012, por las obras de reparación y mejora en vivienda habitual:
Instalación de paneles solares, si se abastece más del 50 % de la contribución mínima exigible para edificios nuevos.
Mejora del aislamiento térmico.
Sustitución de ventanas y cristales con mejora del aislamiento térmico.
Mejora de las instalaciones de suministro e instalación de mecanismos que favorezcan el ahorro de agua.
Realización de redes de desagües separativas de fecales y pluviales.
Refuerzos y consolidaciones de muros, pilares, vigas, cimientos, etc.
Adaptar las instalaciones eléctricas a la normativa vigente.
Obras en cubiertas y muros afectados por humedades.
Instalación de ascensores, rampas o plataformas elevadores.
Adaptación de ascensores o rampas ya existentes a las nuevas normativas.
Instalación de elementos de información que permitan la orientación en el edificio, para personas con discapacidad sensorial.
Obras de adaptación de las viviendas a las necesidades específicas de las personas con discapacidad o de personas mayores de 65 años.
Nuevas instalaciones de telecomunicaciones para acceder a Internet y a servicios de televisión digital.
El pago de las obras se tiene que hacer mediante tarjeta de crédito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta bancaria.
El límite de deducción para cada propietario de vivienda es de 10.000 euros.


MIS CONCLUSIONES

1
Las deducciones son efectivas al cabo de un año en el IRPF, mientras que las subvenciones se tardan en conceder dos ó tres años.
2
En la mayoría de los casos es necesario un proyecto y dirección de obra.


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