02 febrero 2015

Subvenciones para la rehabilitación de edificios en Castilla y León 2015

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El pasado 20 de Diciembre de 2014 comenzó el plazo para solicitar las subvenciones para las obras de rehabilitación de edificios en Castilla y León durante el año 2015. Estas ayudas forman parte del Plan Estatal de rehabilitación edificatoria 2013-2016, que ya publiqué en este blog.



Edificios que estén totalmente finalizados antes de 1981.
Al menos el 70% de su superficie construida sean viviendas.
Al menos en el 70% de las viviendas estén censados los propietarios o las personas que estén de alquiler.
Edificios con al menos 8 viviendas.
Excepcionalmente edificios de menos de 8 viviendas cuando vayan a ejecutarse conjuntamente obras de mejora de accesibilidad y obras de conservación o cuando habiten personas con discapacidad o mayores de 65 años.
Excepcionalmente edificios que sin cumplir con las condiciones anteriores tengan graves daños estructurales debidamente justificados y edificios que sean destinados íntegramente al alquiler durante 10 años desde que reciban las subvenciones.


Las comunidades de propietarios o los propietarios únicos de edificios de viviendas.
Las propias administraciones públicas y empresas públicas propietarias de los edificios que tengan íntegramente como destino el alquiler durante, al menos 10 años a contar desde la recepción de la ayuda.
Las personas alquiladas que paguen las obras de rehabilitación a cambio del pago de la renta de alquiler, previo acuerdo con la propiedad de la vivienda.


Se subvencionan las obras y los honorarios técnicos (proyecto, memoria, dirección de obra, estudio y coordinación de seguridad).
No se subvencionan ni el iva, ni las licencias de obras, ni las tasas administrativas.


Mejora del aislamiento térmico en fachadas, tejados y suelos junto con sustitución de ventanas, todo acorde al Código Técnico de la Edificación.
Instalación de contadores individuales o repartidores de costes en edificios con calefacción central.
Incorporación de sistemas que reduzcan el consumo energético en las instalaciones existentes de calefacción, agua caliente y aire acondicionado. Aislamiento de tuberías de calefacción central y de agua caliente centralizada.
Instalación de equipos de calefacción y agua caliente que utilicen energías renovables: energía solar (placas solares), calderas de biomasa, y geotermia.
Mejora de la instalación de iluminación mediante bombillas LED, detectores de presencia, reguladores del nivel de iluminación y aprovechamiento de la luz natural.
Instalaciones de saneamiento que tengan una red separada para aguas sucias y otra red para aguas de lluvia de forma que se vuelva a reutilizar el agua de lluvia.
Obras para mejorar o acondicionar recintos para la recogida y separación de residuos domésticos y basuras.
Aislamiento acústico contra el ruido que supere los mínimos establecidos en el Código Técnico de la Edificación.
En los jardines, plantación de especies de bajo consumo de agua, mejora de la permeabilidad del suelo y optimización de los sistemas de riego.


Rampas de obra.
Instalación de ascensores y salvaescaleras.
Instalación de videoporteros.


Rehabilitación de daños en cimentación, estructuras e instalaciones, que se hayan detectado en el Informe de evaluación del edificio.
En edificios catalogados o protegidos, la rehabilitación de daños que se hayan detectado en el Informe de evaluación del edificio en tejados, fachadas y elementos comunes, siempre que se combinen con obras de mejora de calidad y sostenibilidad descritas anteriormente.
Adaptación a la nueva normativa de las instalaciones comunes de electricidad (centralización de contadores), telecomunicaciones, fontanería, gas, saneamiento, y recogida y separación de residuos.


En cualquier caso hay un máximo para el edificio del 35% del total de las obras.
Excepcionalmente solo en el caso de las obras de accesibilidad se podrá llegar al 50%.
También hay otra cantidad máxima de 4.400 euros por cada vivienda y por cada 100 m2 de superficie útil de local.
Para las obras de mejora de la calidad y sostenibilidad hay un máximo de 800 euros o de 2.000 euros, como máximo, si se redujera al menos en un 50% la demanda energética anual global de calefacción y de refrigeración del edificio.
Para las obras de mejora de la accesibilidad hay un máximo de 1.600 euros por vivienda.
Para las obras de conservación hay un máximo de 800 euros por vivienda.
Si a las obras de conservación se añaden obras de mejora de accesibilidad, entonces el máximo para las obras de accesibilidad serían 400 euros por cada vivienda y además aumentaría la cantidad para obras de conservación hasta 1.200 euros por cada vivienda.
La Junta de Castilla y León ha destinado para el año 2015, la cantidad de 1.857.708 euros para estas subvenciones en toda la autonomía.


En todos los casos para presentar las solicitudes hay que realizar primero el Informe de evaluación del edificio.
Si el edificio ya tenía la Inspección Técnica del Edificio, existe la posibilidad de actualizar el informe de la ITE y completarlo con el informe de accesibilidad y el certificado energético del edificio.
El Informe de evaluación del edificio también tiene subvenciones.
Para completar la solicitud también se tiene que presentar el proyecto de las obras e instalaciones, y la licencia de obras.
Para el caso de que las obras e instalaciones no exijan proyecto, se tiene que presentar una memoria firmada por técnico competente en la que se que justifique el cumplimiento del Código Técnico de la Edificación hasta donde sea viable, urbanística, técnica o económicamente.


El plazo máximo para presentar las solicitudes finaliza el día 20 de marzo de 2015.
El plazo máximo para que la Junta de Castilla y León te notifique la concesión o denegación de la solicitud, finaliza el día 20 de septiembre de 2015.


1º)
Las solicitudes que presenten una mayor cantidad por vivienda en la mejora de la calidad y sostenibilidad.
2º)
Las solicitudes que presenten una mayor cantidad por vivienda en la mejora de la accesibilidad.
3º)
Las solicitudes que presenten una mayor cantidad por vivienda en la conservación.
  Tienen prioridad las subvenciones para la mejora de la calidad y sostenibilidad, después la accesibilidad y finalmente la conservación.


El inicio de la obras de rehabilitación deberá ser posterior a la fecha de presentación de la solicitud. Y como máximo dentro del mes siguiente a aquél en el que se notifique la concesión de la subvención. Hay que realizar un certificado de inicio de la obra.
El plazo máximo para ejecutar la obra de rehabilitación es de 16 meses desde la fecha que figure en el certificado de inicio de la obra. Excepcionalmente la obra puede llegar hasta 18 meses en edificios de más de 40 viviendas.
Una vez finalizadas las obras hay que presentar el certificado de final de la obra, junto los con los justificantes de pago y más documentación. Hay como máximo un mes desde la fecha del certificado final de obra para presentar toda la documentación final.


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Si tenías prevista cualquiera de las obras de rehabilitación descritas anteriormente, es muy conveniente que presentes la solicitud. Únicamente tendrías que añadir el Informe de evaluación del edificio.
Como la Junta de Castilla y León da prioridad a las obras de mejora de calidad y sostenibilidad, las obras de conservación de poca cuantía van a tener pocas probabilidades de que se subvencionen.
En base a la Ley de transparencia y gobierno abierto de Castilla y León, sería interesante conocer cuales han sido las administraciones públicas y empresas públicas beneficiadas con las subvenciones y por cuanto dinero.
En el año 2013, la Junta de Castilla y León permitió la venta de viviendas de protección oficial a inversores particulares y empresas. Si con nuestros impuestos se está invirtiendo en la mejora de las viviendas de alquiler de protección oficial y después se permite su venta a “fondos buitre”, por lo menos habría que impedir su venta a quienes no sean usuarios finales.
La cantidad total destinada a estas subvenciones en el año 2015 para toda Castilla y León, parece como escasita para toda la expectación creada.
El Plan nacional de rehabilitación 2013-2016, se suponía iba a comenzar a mediados del 2013 e iba a finalizar a finales del 2016. Como realmente ha comenzado con un año y medio de retraso, las subvenciones se deberían de prolongar al menos hasta mediados del 2018.


Para ver las subvenciones destinadas a la rehabilitación edificatoria en Castilla y León 2015 en el Boletín Oficial de Castilla y León:
Si pinchas aquí verás las Bases en la web.
Si pinchas aquí te descargas las Bases en pdf.
Si pinchas aquí verás la Convocatoria en la web.
Si pinchas aquí te descargas la Convocatoria en pdf.

Para más información, pincha en este enlace directo a la Consejería de Fomento.

Y para pedirme un presupuesto del Informe de evaluación del edificio y del proyecto o memoria para las obras, pincha aquí.


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