El Ministerio de Economía y Hacienda y el Ministerio de Fomento han presentado la campaña “Mejora tu calidad de vida. Revaloriza tu vivienda”, que son las deducciones en la declaración anual del “Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”, por obras en cualquier tipo de vivienda propiedad del contribuyente, ya sea la residencia habitual o cualquier otra, incluidas las que se ponen en alquiler.
Si pincháis el link que hay seguidamente, leeréis la noticia completa en la web del Ministerio de Fomento.
TIPO DE OBRAS
▪ | Las obras deben ser la mejora de la habitabilidad de la vivienda: eficiencia energética y del uso del agua, accesibilidad e instalación de infraestructuras para el acceso a Internet o a la TDT. |
▪ | Quedan excluidas las obras en garajes, jardines, parques, piscinas, elementos deportivos y análogos. |
DEDUCCIONES
▪ | En un solo ejercicio, la inversión máxima que un contribuyente puede someter a deducción es de 6.750 euros. Esto significa que el ahorro anual máximo del que se puede beneficiar un contribuyente es de 1.350 euros (el 20% de 6.750 euros), lo que permite equiparar el límite de esta deducción con la existente por inversión en vivienda. |
▪ | La cuantía máxima que un mismo contribuyente puede deducirse respecto de una vivienda queda fijada en 20.000 euros, pudiendo llegar hasta los 4.000 euros el ahorro derivado de la aplicación de esta deducción. |
FINALIZACIÓN DE LAS OBRAS
▪ | Obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012. |
FORMA DE PAGO DE LAS OBRAS
▪ | Los medios de pago están limitados a tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta en entidad de crédito. No se admiten los pagos en metálico. |
▪ | El derecho a la deducción en el IRPF exige factura detallada con todos los requisitos legales, incluyendo el desglose de IVA. |
INCOMPATIBILIDADES
▪ | Esta deducción es incompatible con la deducción por inversión en vivienda cuando se trata de obras susceptibles de acogerse a ambos incentivos, de tal manera que solo se aplique uno de ellos. |
MIS CONCLUSIONES
▪ | Una buena noticia porque son proporcionales al IRPF lo cual beneficia a las rentas más bajas y responde más a un principio de equidad, no son subvenciones directas, no se limitan a unas zonas geográficas ó de casco urbano ó de centros históricos, son para toda España, y exigen que quede constancia del pago de factura. |
▪ | Como no son subvenciones no se ven, no se puede presumir de haber recibido el ingreso, es increíble pero sicológicamente nos gusta ver el dinero, además como la declaración anual de la renta para bastantes personas resulta complicada, y como todavía se pagan trabajos de obras en billetes, probablemente haya muchas personas que no se deduzcan lo invertido en las obras de mejoras de sus viviendas. |
Si pincháis el link que hay seguidamente, leeréis la noticia completa en la web del Ministerio de Fomento.
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